Aunque la venta del inmueble se realice por un precio inferior al coste de construcción, el sujeto pasivo no pierde el derecho a deducir la totalidad del impuesto soportado. El destino que posteriormente de al edificio el comprador no afecta a ese derecho.
En caso de titularidad compartida de un elemento patrimonial por ambos cónyuges, el límite de 400.000 euros para aplicar la reducción a la ganancia patrimonial obtenida en la transmisión de ese elemento se aplica de forma individual para cada uno de los cónyuges, siendo el valor de transmisión a tener en cuenta el que corresponda a cada uno en función de su porcentaje de titularidad en dicho elemento.
El canje del usufructo vitalicio por parte de la viuda a cambio del pleno dominio de determinados bienes de la masa hereditaria, siempre que no haya prescrito el impuesto, puede implicar que se produzca una permuta que afecta tanto a la tributación por parte de la viuda del causante como a sus herederos.
En este caso, que la entidad local realice una prestación de servicios onerosa no es suficiente para considerar que existe actividad económica y que es, por tanto, sujeto pasivo del impuesto.
Para el Tribunal Constitucional no existe vulneración del derecho a la libertad sindical cuando se produce la pérdida de la condición representativa, como consecuencia del cierre del centro de trabajo y del traslado de la actividad a otro centro, sin transmisión de la titularidad a otra unidad productiva de la misma empresa que no cuenta con representación legal constituida.
Se encuentran sujetos y no exentos los servicios prestados por un sindicato que nada tienen que ver con su objeto social y para los cuales, se solicita a sus asociados el pago de una cuota no contemplada en sus estatutos.
La prestación del servicio de asesoramiento y formación gratuitos no se considera que satisface necesidades privadas de una entidad cuando su finalidad consiste, en última instancia, en la provisión de un servicio que sirve primordialmente a los fines de la misma, estando por tanto al margen del supuesto de autoconsumo.