Aprobación en Bizkaia de los modelos del IRPF y del IP del período impositivo 2014
Se han aprobado en Bizkaia los modelos, plazos y formas de presentación de las autoliquidaciones del IRPF y del IP para el período impositivo 2014.
Se han aprobado en Bizkaia los modelos, plazos y formas de presentación de las autoliquidaciones del IRPF y del IP para el período impositivo 2014.
Desde el 1-4-2015, existe una nueva norma reguladora del impuesto en este territorio.
Desde el 1-4-2015, existe una nueva norma reguladora del impuesto en este territorio.
Se aprueba en Bizkaia el modelo 368 que se debe utilizar para los regímenes especiales aplicables a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y los prestados por vía electrónica en el IVA.
Se modifica la escala de gravamen de la base liquidable especial del ahorro y se crea la deducción por las cuotas tributarias satisfechas por el Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica.
Se han aprobado los modelos de declaración, formas de presentación y plazos de pago correspondientes al IRPF y al IP, así como las condiciones que afectan a las propuestas de autoliquidación que se remiten a los contribuyentes, para el período impositivo 2014.
Se clarifica en el IS en Navarra la regulación de la tributación mínima y se suprime el concepto de cuota efectiva. Se establece una nueva deducción por cuotas satisfechas por el Impuesto sobre el Valor de la Producción de la Energía Eléctrica y se mantiene la opción de tributación por consolidación fiscal para los grupos que tributen de acuerdo a la normativa común.
Con efectos 1-1-2015 se modifica la LFGT Navarra con el fin de subsanar importantes deficiencias técnicas en materia de notificación electrónica, que afectan tanto a la seguridad jurídica de las Administraciones Públicas como a la de los propios ciudadanos.
El derecho al subsidio de desempleo de los liberados de prisión o delincuentes toxicómanos, tiene relación con la regulación del Código Penal que ha sido modificada.
La correción de errores de la Orden de cotización para 2015 referente a los tramos de retribución mensual para la fijación de la base de cotización de empleados de hogar, consiste en que en el tramo 7º donde ponía «desde 658,41 hasta 756,60», debe decir: «desde 658,41 hasta 756,70», y en el tramo 8.º, donde dice: «desde 756,61», debe decir: «desde 756,71».
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