Se introducen mejoras en el gobierno corporativo de las sociedades de capital que refuerzan el papel de la junta general, favorecen la participación y el tratamiento equitativo de los socios, la transparencia en los órganos de gobierno, así como la independencia, participación y profesionalización de los consejeros.
Entre las modificaciones destaca la inclusión de un nuevo beneficios fiscal, la reserva de capitalización, consistente en una reducción del 10% del incremento de los fondos propios de las entidades.
Con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1-1-2015, la nueva ley del IS ha modificado el régimen fiscal especial de las entidades de tenencia de valores extranjeros (ETVE).
Entre las modificaciones destaca la aplicación de la exención a la participaciones en entidades residentes, así como la simplificación de los requisitos que deben cumplir las entidades participadas.
El ejercicio del derecho de separación por parte del único socio ingeniero superior, en una sociedad profesional cuyo objeto consiste en la prestación de servicios de ingeniería, determina que la sociedad incurra en causa de disolución, por lo que la valoración de la cuota de liquidación que corresponde al socio separado debe efectuarse respecto al valor de la sociedad en liquidación y no en funcionamiento.
Se considera justificada la no sujeción a IVA de una escisión total de una sociedad dedicada a la promoción inmobiliaria, al ser cada una de las promociones susceptible de funcionamiento autónomo.
Cuando en un acuerdo de separación se designa a un tercero como arbitrador para determinar los activos que corresponderán al socio separado, su informe puede ser objeto de revisión por el Tribunal sin necesidad de que se le llame a juicio.
La fecha relevante para el nacimiento del derecho de separación del socio es la de la adopción del acuerdo de transformación que hace nacer el derecho, no la de la convocatoria de la Junta en la que se ha de adoptar tal acuerdo.