Mecanismos transfronterizos de planificación fiscal en Bizkaia (RF 06/21 09 de Febrero de 2021 al 15 de Febrero de 2021)
Se desarrollan las nuevas obligaciones de información sobre los mecanismos transfronterizos de planificación fiscal.
Se desarrollan las nuevas obligaciones de información sobre los mecanismos transfronterizos de planificación fiscal.
Se modifican varios campos en los diseños de registro del modelo 189.
Se hacen públicas las Directrices del Plan Anual de Control Tributario del año 2021, que giran en torno a cinco grandes pilares: información y asistencia; prevención de los incumplimientos, fomento del cumplimiento voluntario y prevención del fraude; investigación y actuaciones de comprobación del fraude tributario y aduanero; control del fraude en fase recaudatoria; y colaboración entre la AEAT y las Administraciones tributarias de las CC.AA.
Se modifican varios Reglamentos con el fin de asegurar el correcto cumplimiento de las nuevas obligaciones derivadas de la implantación de la obligación TicketBAI y facilitar su comprobación por parte de la Administración tributaria.
Se establece el uso obligatorio de herramientas tecnológicas de control en los sistemas facturación de las personas que realizan actividades económicas, mediante la utilización de TicketBAI.
8 En aras de un efectivo suministro de información de las obligaciones de carácter informativo, se modifican los diseños físicos y lógicos del modelo 198. Por ello, para las declaraciones que se presenten a partir del 1-1-2021, se introducen las […]
A partir del 14-1-2021, serán aplicables las previsiones reglamentarias sobre planes de igualdad que inciden en el alcance subjetivo de los mismos, el mecanismo negociador, el contenido, con el diagnóstico como elemento esencial, y el registro.
Se modifica el Reglamento por el que se regulan las obligaciones tributarias formales, con el fin de asegurar el correcto cumplimiento de las nuevas obligaciones derivadas de la implantación del sistema TicketBAI y facilitar su comprobación por parte de la Administración tributaria.
Para implementar el Proyecto Batuz se recoge la información referente a los borradores de autoliquidación del IVA. Así, se establece que su confección se debe realizar partiendo de la información que conste en los libros registros de actividades económicas correspondientes al IS o al IRPF, según corresponda, determinándose las fechas en las que deben ser puestos a disposición de los contribuyentes de oficio y recogiéndose, asimismo, la posibilidad de que puedan ser solicitados a instancia de parte.
Por la persistencia de los efectos de la crisis sanitaria, se mantienen los expedientes por fuerza mayor, basados en las medidas específicas establecidas por el coronavirus, que hayan sido solicitados antes del 27-6-2020 y, como máximo, hasta el 30 de septiembre de 2020. Estas empresas y entidades deben proceder a reincorporar a las personas trabajadoras afectadas por medidas de regulación temporal de empleo, en la medida necesaria para el desarrollo de su actividad, manteniéndose las obligaciones previstas en relación con las comunicaciones a la autoridad laboral de la renuncia a las medidas de suspensión o reducción de jornada. Se prohíbe la realización de horas extraordinarias, establecerse o reanudarse externalizaciones de la actividad, concertar nuevas contrataciones, sean directas o a través de ETT, durante la aplicación de estos expedientes de regulación temporal de empleo. Asimismo, se prorrogan hasta el 30 de septiembre, las medidas de protección del desempleo asociadas a los mismos y se establecen diferentes medidas exención del pago de la aportación empresarial a la cotización a la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta.
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