Ha sido aprobada la norma por la que se consolidan las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de impuestos propios y cedidos, manteniendo, en términos generales, sin modificaciones la regulación del ITP y AJD.
Con efectos a partir de 31-10-2017, se ha publicado la L La Rioja 10/2017, por la que se consolidan las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de impuestos propios y tributos cedidos. En materia de IRPF, la ley retrotrae sus efectos desde el 1-1-2017, manteniendo en esencia las deducciones por nacimiento y adopción de hijos; por la adquisición, construcción o rehabilitación de vivienda habitual en pequeños municipios; por gastos en escuelas infantiles, centros infantiles o personal contratado para el cuidado de hijos; y por acogimiento familiar de menores; así como la escala autonómica. Las restantes deducciones autonómicas relacionadas con la vivienda se mantienen para quienes las hubieran consolidado.
Desde el 1-1-2017, la deducción por nacimiento o adopción de hijos se aplica desde el primer hijo. Asimismo, se crean tres nuevas deducciones de la cuota íntegra autonómica: por la adquisición, construcción o rehabilitación de vivienda habitual en pequeños municipios; por gastos en escuelas infantiles, centros infantiles y personal contratado para el cuidado de hijos de 0 a 3 años; y por acogimiento familiar de menores. Por último, la deducción para el fomento del autoempleo deja de resultar aplicable en este ejercicio.
Entre las novedades introducidas en La Rioja para el año 2017, en lo que afecta al ISD, destacar que para el disfrute de determinados beneficios fiscales se elimina el requisito de mantenimiento del domicilio o residencial habitual en esta comunidad autónoma durante un determinado período de tiempo.
A partir de 1-1-2016, se modifica la escala autonómica del impuesto y se aprueban dos nuevas deducciones autonómicas por cantidades invertidas durante el ejercicio en obras de rehabilitación de vivienda habitual situada en esta Comunidad Autónoma para personas con discapacidad; y por fomento del autoempleo.
Aunque con carácter general se mantiene la regulación, destaca la aplicación de la deducción en AJD por adquisición de vivienda habitual en función del valor real de la vivienda adquirida.
Desde el 1-1-2016, aunque con carácter general se mantiene la regulación, destaca la simplificación de algunos requisitos para aplicar las reducciones en adquisiciones inter vivos y mortis causa.
Desde el 1-1-2015, se crea una nueva deducción en las donaciones dinerarias de padres a hijos por creación de nuevas empresas y promoción de empleo y autoempleo.
Desde el 1-1-2015, se crea una nueva deducción en las donaciones dinerarias de padres a hijos por creación de nuevas empresas y promoción de empleo y autoempleo.