Prórroga de la vigencia del IP en la normativa estatal
Con el fin de contribuir a la reducción del déficit público, se ha prorrogado la vigencia del IP durante el ejercicio 2014.
Con el fin de contribuir a la reducción del déficit público, se ha prorrogado la vigencia del IP durante el ejercicio 2014.
Con efectos desde el 1-1-2014, se regula el régimen fiscal aplicable a los medios de transporte matriculados en otro Estado miembro, y que sean alquilados a un proveedor de otro Estado miembro por personas o entidades residentes en España, o que sean puestos a disposición de una persona física residente en España por personas o entidades establecidas en otro Estado miembro.
Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2013 se procede a la adecuación de la regulación de la regla especial de integración de rentas cuando se transfieren elementos al extranjero a la jurisprudencia del TJUE.
Con el fin de contribuir a la reducción del déficit público, se ha prorrogado la vigencia del IP durante el ejercicio 2014.
Con el fin de contribuir a la reducción del déficit público, se ha prorrogado la vigencia del IP durante el ejercicio 2014.
Se ha prorrogado la vigencia del Impuesto sobre el Patrimonio durante el ejercicio 2014.
Se ha prorrogado la vigencia del Impuesto sobre el Patrimonio durante el ejercicio 2014.
Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2013 se procede a la adecuación de la regulación de la regla especial de integración de rentas cuando se transfieren elementos al extranjero a la jurisprudencia del TJUE.
A pocos días de finalizar el plazo para la presentación de la declaración de bienes y derechos en el extranjero, siguen llegando multitud de consultas a la DGT.
Se aprueba el modelo 720 «Declaración informativa de bienes y derechos situados en el extranjero» que refunde las tres nuevas obligaciones de información ligadas al ámbito internacional referentes a cuentas, valores, derechos, seguros, rentas, bienes inmuebles o derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero. Se aplica por primera vez para la presentación correspondiente al ejercicio 2012 (a presentar entre el 1 de febrero y el 30 de abril de 2013) y se ha de realizar obligatoriamente por vía telemática a través de Internet en la Sede electrónica de la AEAT, donde los obligados tributarios tienen a su disposición un programa de ayuda para su cumplimentación.
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