Novedades en la gestión del ITP y AJD de la Comunidad Valenciana
En relación con la gestión en la Comunidad Valenciana destaca el establecimiento de una nueva regulación relativa a los plazos de presentación.
En relación con la gestión en la Comunidad Valenciana destaca el establecimiento de una nueva regulación relativa a los plazos de presentación.
Se establecen nuevos tipos de gravamen en las transmisiones patrimoniales onerosas de la Comunidad Valenciana.
Los préstamos hipotecarios solicitados por personas no residentes a entidades bancarias extranjeras con la garantía de viviendas situadas en España no son deducibles a efectos de la determinación de la base imponible del IP.
Si el crédito y la deuda tienen el mismo valor fiscal, el valor de mercado al que se produce la capitalización o condonación se corresponde con la obligación contractual del préstamo existente entre las partes afectadas, sin que deba tenerse en cuenta el posible deterioro contable que pudiera existir en el derecho de crédito.
Los préstamos hipotecarios solicitados por personas no residentes a entidades bancarias extranjeras con la garantía de viviendas situadas en España no son deducibles a efectos de la determinación de la base imponible del IP.
Si el crédito y la deuda tienen el mismo valor fiscal, el valor de mercado al que se produce la capitalización o condonación se corresponde con la obligación contractual del préstamo existente entre las partes afectadas, sin que deba tenerse en cuenta el posible deterioro contable que pudiera existir en el derecho de crédito.
Con efectos desde 23-7-2013, los obligados tributarios deben suministrar a la Administración tributaria, determinada información sobre determinados bienes y derechos que posean en el extranjero.
Entre otras medidas, se unifica la regulación de los procedimientos de tramitación telemática de los documentos de carácter tributario y recaudatorio gestionados por la Administración Tributaria de Castilla y León.
En el supuesto de que no se renuncie a toda la herencia, y puesto que la legislación civil no permite renunciar a parte de la herencia, se trata de una donación de una parte de la herencia aceptada, por lo que el renunciante debe tributar en primer lugar en el ISD por la herencia recibida y posteriormente se producirá una donación de una parte de la misma, en la que el beneficiario deberá tributar por el mismo impuesto, pero por el concepto de donaciones.
Cuando la Directiva IVA señala que la base imponible de una operación (cese de la actividad) es el valor normal de mercado de los bienes, ese valor se corresponde en la práctica al valor residual de los bienes en la fecha de la operación, teniendo en cuenta de este modo la evolución del valor de esos bienes entre su adquisición y la operación imponible.
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