Cargas y deudas deducibles en el IP por un sujeto pasivo por obligación real de contribuir (RF 15/23 11 de Abril de 2023 al 17 de Abril de 2023)

La deuda garantizada con hipoteca sobre el bien cuya titularidad determina la sujeción por obligación real al IP, cuando no haya sido destinada a la adquisición del bien, o a la inversión en el mismo, no puede deducirse de su valor a efectos de determinar la base imponible del IP por obligación real.

Préstamos concedidos por entidades bancarias extranjeras

Los préstamos hipotecarios solicitados por personas no residentes a entidades bancarias extranjeras con la garantía de viviendas situadas en España no son deducibles a efectos de la determinación de la base imponible del IP.

Préstamos concedidos por entidades bancarias extranjeras

Los préstamos hipotecarios solicitados por personas no residentes a entidades bancarias extranjeras con la garantía de viviendas situadas en España no son deducibles a efectos de la determinación de la base imponible del IP.