No es sustancial la modificación empresarial del procedimiento de abono de dietas, imponiendo su pago a través de una tarjeta por la que se facilita al trabajador el gasto real soportado, siempre que no se supere un límite. Este cambio carece de sustancialidad, pues no hace más onerosa la prestación del servicio y mantiene la compensación empresarial por el gasto soportado en idéntica cuantía. En efecto, lo único que cambia es que el trabajador antes podía cobrar el total de la dieta aunque gastase menos, mientras que ahora la empresa abona el gasto realmente soportado.
La no justificación de haber expedido una factura rectificativa que, entregada al adquirente, pudiera obligarle a devolver al Tesoro Público las cuotas indebidamente deducidas, hace que la entidad conserve su condición de deudor del IVA porcuotas indebidamente repercutidas.
La no justificación de haber expedido una factura rectificativa que, entregada al adquirente, pudiera obligarle a devolver al Tesoro Público las cuotas indebidamente deducidas, hace que la entidad conserve su condición de deudor del IVA porcuotas indebidamente repercutidas.
A partir del 4-8-2013 se producen ciertos cambios en el procedimiento de despido colectivo, referidos en especial a lo que afecta al periodo de consultas y a la documentación que debe acompañar al escrito de comunicación.
Los cambios operados en el procedimiento de despido colectivo afectan , fundamentalmente a la documentación, iniciación del procedimiento, legitimación de la representación de los trabajadores que intervendrá en el proceso, comisión negociadora y régimen de acuerdos.
Transposición de la Dir 2010/32/UE a fin de evitar las infecciones, causadas por agentes biológicos, a las que el personal sanitario queda expuesto como consecuencia de heridas causadas por instrumental sanitario cortopunzante.
La Agencia Tributaria ha publicado una nota informativa para aclarar la aplicación del RDL 4/2012 por el que se aprobó un programa de pago a proveedores de las Entidades locales.
La Agencia Tributaria ha publicado una nota informativa para aclarar la aplicación del RDL 4/2012 por el que se aprobó un programa de pago a proveedores de las Entidades locales.