Con efectos desde el 7-11-2015, el representante fiscal de las entidades aseguradoras establecidas en otro Estado miembro del Espacio Económico Europeo distinto de España, y que actúe en este territorio en libre prestación de servicios puede estar establecido en España, […]
Con efectos para los periodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2015, se introducen en este territorio las siguientes modificaciones en el régimen de consolidación fiscal en el IS: a) La entidad representante del grupo fiscal es la entidad dominante si […]
La Ley de modificación parcial de la LGT que, con carácter general, entra en vigor el 12-10-2015 introduce una serie de cambios en la regulación de esta materia. En algunos casos se trata de modificaciones exclusivamente técnicas en cuestiones ya […]
Las modificaciones más relevantes son las siguientes: 1)Procedimientos de ejecución forzosa: se introducen novedades en relación a los requisitos exigibles para que los adjudicatarios que tengan la condición de empresario o profesional expidan facturas, en nombre y por cuenta del […]
Una entidad residente en España es la dominante de un grupo de consolidación fiscal, formado por tres entidades dependientes. Asimismo, posee el 100% de participación indirecta en dos entidades residentes en España a través de una sociedad sometida a la […]
Una entidad residente en España es la dominante de un grupo de consolidación fiscal, formado por tres entidades dependientes. Asimismo, posee el 100% de participación indirecta en dos entidades residentes en España a través de una sociedad sometida a la […]
Una sucursal de un no residente, establecida en TIVA, adquiere mercancía de su matriz que es introducida en la Comunidad por un puerto situado en los Países Bajos. La mercancía se vincula a un deposito aduanero, ultimándose el régimen cuando […]
Se modifica la relación de operaciones de seguro y capitalización cuya realización suponen el devengo del Impuesto y se adapta la normativa del Impuesto a la sentencia del TJUE que declaró contraria a la normativa europea la obligación de designar un representante en España a efectos fiscales de las entidades aseguradoras domiciliadas en otro Estado miembro que operen en España en régimen de libre prestación de servicios.
Se señalan los obligados a practicar retención o ingreso a cuenta a partir de 1-1-2016 en el caso de entidades aseguradoras y fondos de pensiones domiciliados en otro Estado miembro, en relación con las operaciones que realicen en España.
Con efectos 1-1-2016 se incluye como obligado a retener e ingresar a cuenta a las aseguradoras domiciliadas en otro Estado miembro del Espacio Económico Europeo que operen en España en régimen de libre prestación de servicios, en relación con las operaciones que se realicen en España.