Se declaran exentas las opciones sobre acciones o participaciones recibidas por los trabajadores de su entidad empleadora y, la plena propiedad, la nuda propiedad y el derecho de usufructo vitalicio sobre las participaciones en el capital o patrimonio de entidades que detenten objetos de arte y antigüedades que hayan sido cedidos por estas en depósito permanente. Además, se modifican los requisitos de la exención de bienes afectos a actividades económicas y de determinadas participaciones.
Se regula de una manera más amplia y clara la tributación de los derechos económicos de carácter especial percibidos de determinadas entidades de inversión de tipo cerrado. En cuanto a los rendimientos provenientes de la distribución de la prima de emisión de acciones o participaciones, se precisa la redacción y se clarifica su interpretación.
Se determina cuándo existe alteración en la composición de patrimonio, en los supuestos de división de la cosa común, de disolución de comunidades de bienes o en los casos de separación de comuneros. Por otra parte, se modifica el tratamiento de la no consideración de ganancia o pérdida patrimonial en la transmisión lucrativa «inter vivos» de acciones o participaciones en favor del cónyuge, pareja de hecho, ascendientes o adoptantes o descendientes o personas adoptadas.
Entre las medidas aprobadas destacan la extensión del régimen especial para personas desplazadas, la aprobación de una nueva deducción por inversiones para el suministro de la energía solar en la vivienda habitual y la ampliación del plazo para poder aplicar la deducción TicketBAI. Asimismo, se prorroga para el 2022 la obligación de autoliquidar en los términos regulados para los periodos impositivos 2020 y 2021.
Se declaran exentas las retribuciones del permiso de lactancia percibidas por personas funcionarias y se prorrogan al ejercicio 2022 las ayudas extraordinarias para autónomos como consecuencia del impacto Covid-19.
Con efectos para la presentación de las declaraciones informativas anuales correspondientes al año 2021, que se presentarán en 2022, se modifican los modelos informativos 187, 189, 198 y 289.
Se modifica la normativa del IIVTNU de los tres territorios forales para adaptarla a la reciente jurisprudencia del Tribunal Constitucional. Destacan la incorpación de un nuevo supuesto de no sujeción, y la sustitución de los porcentajes anuales aplicables sobre el valor del terreno para la determinación de la base imponible del impuesto, por unos coeficientes máximos establecidos en función del número de años transcurridos desde la adquisición del terreno.
Se modifican los reglamentos de recaudación, de desarrollo de la NFGT en materia de revisión en vía administrativa, de facturación, de infracciones y sanciones, de inspección y de desarrollo de determinadas obligaciones tributarias formales para adecuar su contenido a las modificaciones tributarias aprobadas para 2021.
Se completa el calendario de implantación de la obligación TicketBAI, y se simplifica la expresión que deben incluir las facturas o justificantes expedidos por incidencias de carácter técnico en el software TicketBAI.
Se introducen diversas modificaciones en el Reglamento del ITP y AJD y en el del ISD con la finalidad de adecuar el contenido del desarrollo reglamentario de determinadas normas forales a las modificaciones realizadas en sus disposiciones.