La normativa foral se adapta a las modificaciones realizadas en la LIVA, en el contexto de la lucha contra los efectos negativos del COVID-19. También, mediante este decreto foral legislativo se realizan adaptaciones con el fin de que se apliquen en Navarra idénticas normas sustantivas y formales a las vigentes en el Estado.
Se realiza una corrección de errores en la Ley Foral modificadora de la Ley Foral de Haciendas Locales de Navarra, en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
Se reduce a 3 meses la antigüedad exigida para deducir las pérdidas por deterioro de los créditos derivadas de las posibles insolvencias de deudores. Se excluye de la aplicación del régimen de transparencia fiscal internacional a la entidad no residente o al EP que sea residente o se sitúe en otro Estado miembro que forme parte del Acuerdo del Espacio Económico Europeo, cuando se cumplan los requisitos exigidos al efecto.
Para paliar los efectos generados por el COVID-19, se establece una reducción de la cuota anual del régimen simplificado del IVA del 20% para determinadas actividades, del 35% para actividades de comercio y transporte y del 40% para la hostelería.
Se deroga la nota de la sección segunda de las tarifas del IAE de Navarra que permitía que quienes iniciasen cualquier actividad profesional pudiesen aplicar durante los 5 primeros años el 50% de la cuota.
Para responder a la incidencia del COVID-19 en el ámbito de las actividades económicas, se establece un nuevo aplazamiento excepcional de deudas tributarias, con las mismas condiciones que el regulado por la
LF Navarra 7/2020
.
Se realiza una corrección de errores en la Orden Foral modificadora de la que regula las especificaciones normativas y técnicas que desarrollan la llevanza de los libros registro del IVA a través de los servicios telemáticos de la Hacienda Tributaria de Navarra.
Se modifica la Orden Foral por la que se regulan las especificaciones normativas y técnicas que desarrollan la llevanza de los libros registro del IVA a través de los servicios telemáticos de la Hacienda Tributaria de Navarra para adaptar el contenido y diseños de los Libros registros a los cambios normativos y también para adecuar a las necesidades asistenciales que se han puesto a disposición del sujeto pasivo recientemente.