Determinación de la base de deducción por actividades de I+D

Las referencia a la delimitación de la base de deducción o a su cuantificación establecidas en informes del CDTI no constituye el objeto propio del informe motivado, por lo que no tienen carácter vinculante para la Administración tributaria.

Determinación de la base de deducción por actividades de I+D

Las referencia a la delimitación de la base de deducción o a su cuantificación establecidas en informes del CDTI no constituye el objeto propio del informe motivado, por lo que no tienen carácter vinculante para la Administración tributaria.

Determinación de la base de deducción por actividades de I+D

Las referencia a la delimitación de la base de deducción o a su cuantificación establecidas en informes del CDTI no constituye el objeto propio del informe motivado, por lo que no tienen carácter vinculante para la Administración tributaria.

Determinación de la base de deducción por actividades de I+D

Las referencia a la delimitación de la base de deducción o a su cuantificación establecidas en informes del CDTI no constituye el objeto propio del informe motivado, por lo que no tienen carácter vinculante para la Administración tributaria.

Planes y proyectos regionales. Castilla y León

Declaración de inconstitucionalidad de la L Castilla y León 6/2007.

Delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros

Son autores del delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros los tripulantes de una patera, cuando se demuestra que no hicieron el viaje como simples pasajeros que buscaban quedarse en España. Y no puede apreciarse en ellos la eximente del estado de necesidad por precariedad económica, pues viven de transportar a sus compatriotas de su país de origen a España cobrando dinero por ello.

Donación de acciones de una sociedad radicada en territorio español

En la entrega de participaciones a título gratuito no resulta de aplicación la exención relativa a la transmisión de valores de la LMV art. 108.

Nueva normativa del IS en Araba

Se aprueba con efectos 1-1-2014 una nueva norma del IS en Araba.

Nuevo requisito para acceder a la jubilación voluntaria de Clases Pasivas

Desde el 1-1-2014 el derecho a la pensión de jubilación o el retiro de carácter voluntario (RDLeg 670/1987 art.28.2,b) estará condicionado a que los últimos 5 años de servicios computables estén cubiertos en el Régimen de Clases Pasivas del Estado en los siguientes supuestos en los que para completar los 30 años de servicios exigidos se recurra a los cubiertos en otros regímenes a través del cómputo recíproco de cotizaciones o a los acreditados en otros Estados vía totalización. Quedan al margen de esta exigencia los siguientes colectivos: el personal de la Administración del Estado en servicio activo, servicios especiales, excedencia por cuidado de familiares y excedencia por razón de violencia de género que, como consecuencia de la superación de los procesos de acceso y promoción regulada en la normativa general de función pública, cambie de régimen de protección social. A tales colectivos para acceder a la jubilación voluntaria se les aplica la normativa vigente a 31-12-2010