Régimen especial del criterio de caja
Nuevo régimen especial del IVA para permitir a determinados sujetos pasivos retrasar el devengo, la declaración y el ingreso del IVA repercutido hasta el momento del cobro a sus clientes.
Nuevo régimen especial del IVA para permitir a determinados sujetos pasivos retrasar el devengo, la declaración y el ingreso del IVA repercutido hasta el momento del cobro a sus clientes.
Nuevo régimen especial del IVA para permitir a determinados sujetos pasivos retrasar el devengo, la declaración y el ingreso del Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) repercutido hasta el momento del cobro a sus clientes.
Nuevo régimen especial del IVA para permitir a determinados sujetos pasivos retrasar el devengo, la declaración y el ingreso del IVA repercutido hasta el momento del cobro a sus clientes.
Para las cesiones de activos intangibles que se realicen a partir del 29-9-2013, se modifica el régimen fiscal correspondiente a las rentas generadas por la cesión del derecho de uso o de explotación de determinados activos intangibles.
Para las cesiones de activos intangibles que se realicen a partir del 29-9-2013, se modifica el régimen fiscal correspondiente a las rentas generadas por la cesión del derecho de uso o de explotación de determinados activos intangibles.
La Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización contiene una serie de medidas de distinta índole: fiscales, administrativas, societarias, concursales y en materia de Seguridad Social.
En relación con la gestión en la Comunidad Valenciana destaca la regulación de los plazos de presentación de documentos o declaraciones y las nuevas obligaciones de información en casos de adquisiciones mortis causa.
Con efectos a partir del 15-8-2013, la UE amplía las categorías de entregas de bienes y prestaciones de servicios a los que, durante un período de tiempo limitado, los Estados miembros pueden establecer el mecanismo de inversión del sujeto pasivo, así como el plazo temporal de aplicación de estas medidas.
Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2013, se limita la no integración en la base imponible de las rentas obtenidas en la transmisión de determinados vehículos y elementos de transporte, por reinversión de beneficios extraordinarios.
Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2013, se limita la aplicación de la deducción por inversiones para determinados vehículos y elementos de transporte.
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