Se ha aprobado en Navarra el modelo S-90 de autoliquidación del IS y del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes, para los períodos impositivos iniciados entre el 1-1-2016 y el 31-12-2016, así como el modelo 220 para los grupos que tributen por el régimen de consolidación fiscal.
Desde el 1-1-2017, la deducción por nacimiento o adopción de hijos se aplica desde el primer hijo. Asimismo, se crean tres nuevas deducciones de la cuota íntegra autonómica: por la adquisición, construcción o rehabilitación de vivienda habitual en pequeños municipios; por gastos en escuelas infantiles, centros infantiles y personal contratado para el cuidado de hijos de 0 a 3 años; y por acogimiento familiar de menores. Por último, la deducción para el fomento del autoempleo deja de resultar aplicable en este ejercicio.
A efectos de la tributación por ISD, en el momento del cobro del billete premiado se han de identificar como tales los ganadores, ya que sino puede entenderse que el reparto posterior de la cantidad ganada constituye una donación, salvo prueba en contrario.
Se declaran inconstitucionales y nulos varios artículos de la NF Gipuzkoa 16/1989 , en la medida en que somete a tributación en el IIVTNU situaciones de inexistencia de incrementos de valor.
Los contribuyentes no residentes en España que sean residentes en un Estado miembro de la UE o del Espacio Económico Europeo tienen derecho a la aplicación de la normativa propia aprobada por la Comunidad Autónoma donde radique el mayor valor de los bienes y derechos de que sean titulares y por los que se exija el impuesto, y ello con independencia de que estén sujetos al impuesto por obligación real o por obligación personal.
Desde el 1-1-2017, se aprueba una nueva escala autonómica de tipo de gravamen aplicable a la base liquidable general, así como nuevas deducciones autonómicas en el impuesto.
La reforma tiene como objeto el desarrollo reglamentario de las modificaciones introducidas en el CCom y en la LSC por la nueva LAC, como consecuencia del proceso de transposición de la Dir 2013/34/UE
Se modifica en Bizkaia el régimen de tributación en el IS de los clubes deportivos profesionales para aplicar el derecho de la UE; así, se elimina la posibilidad de que apliquen las reglas establecidas para las entidades parcialmente exentas y quedan sometidos al régimen general del impuesto.