Se suprime la exención reconocida en el IS a las Autoridades Portuarias y se sustituye por una deducción específica de la cuota íntegra equivalente al importe invertido en servicios e infraestructuras portuarias que no tengan la consideración de actividades económicas.
Se eliminan los requisitos relativos a la liquidación del ITP y ADJ para aplicar las deducciones autonómicas sobre arrendamiento sobre el IRPF en la C.Valenciana.
Se modifica la Ley de vivienda de de Navarra a fin de adecuar los benedicios ffiscales para el arrendatario de vivienda a los establecidos en la Ley del IRPF.
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