Reducción por arrendamiento de vivienda (RF 29/24 16 de Julio de 2024 al 22 de Julio de 2024)
Los inmuebles arrendados como vivienda temporal también son susceptibles de aplicar la reducción por arrendamiento de vivienda.
Los inmuebles arrendados como vivienda temporal también son susceptibles de aplicar la reducción por arrendamiento de vivienda.
Los rendimientos obtenidos por un no residente, derivados del arrendamiento de un bien inmueble situado en territorio español, están sujetos a tributación en España, sin que puedan aplicársele las reducciones previstas en la LIRPF.
No supone incompatibilidad de la legislación española con el Derecho de la Unión Europea ni una posible vulneración de principios constitucionales que la regla especial sobre la deducibilidad de gastos y tipo impositivo reducido del 19% solo se aplique a residentes de la UE y del Espacio Económico Europeo,
Se hacen públicas las directrices del Plan Anual de Control Tributario del año 2024, que giran en torno a cinco grandes pilares: información y asistencia; prevención de los incumplimientos, fomento del cumplimiento voluntario y prevención del fraude; investigación y actuaciones de comprobación del fraude tributario y aduanero; control del fraude en fase recaudatoria; y colaboración entre la AEAT y las Administraciones tributarias de las CCAA.
Se aprueba la Orden Ministerial que regula los modelos de declaraciones para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2022 del IS, del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y de las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el territorio español.
Desde 1-1-2024, con el fin de estimular el alquiler de vivienda habitual a precios asequibles, los rendimientos netos positivos de capital inmobiliario derivados de contratos de arrendamiento de vivienda que cumplan ciertos requisitos, se beneficiarán de reducciones incrementadas.
Se incrementa el porcentaje de reducción del rendimiento neto positivo del capital inmobiliario que provenga del arrendamiento de viviendas intermediado a través de la sociedad pública instrumental. Además, se aprueba un nuevo porcentaje de reducción para el rendimiento procedente del arrendamiento de viviendas cuya cuantía de alquiler anual no supere el valor del Índice de Sostenibilidad de Alquileres.
Con efectos a partir de 11-7-2021, en los arrendamientos de inmuebles destinados a vivienda, la reducción solo se aplica sobre los rendimientos netos positivos que hayan sido calculados por el contribuyente en una autoliquidación presentada antes de que se haya iniciado un procedimiento de verificación de datos, de comprobación limitada o de inspección que incluya en su objeto la comprobación de tales rendimientos.
En tanto siga en curso el procedimiento de infracción abierto contra España por parte de la Comisión europea, el no residente no puede aplicar la reducción prevista por la LIRPF para los rendimientos del capital inmobiliario, por mucho que esta previsión pudiera resultar discriminatoria.
El Tribunal Supremo determina que, aunque un inmueble se encuentre en expectativa de alquiler, existe obligación de imputar rentas inmobiliarias por el período de tiempo en que el inmueble no ha estado arrendado, sin posibilidad de deducir gasto alguno en ese período.
Atención al cliente
Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.
Por teléfono
Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.
Envío gratis
Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).
Devoluciones
Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).