Cesión de uso de viviendas con fines turísticos
Solo quién ostente la condición de intermediario está obligado a presentar la declaración informativa del modelo 179.
Solo quién ostente la condición de intermediario está obligado a presentar la declaración informativa del modelo 179.
Con efectos generales a partir de 7-12-2018 entra en vigor la nueva LOPD que modifica, entre otros aspectos, las normas relativas al procedimiento administrativo en el ámbito de los documentos aportados por los interesados.
En el recurso contencioso administrativo puede aportarse documentación nueva no aportada en vía administrativa.
A pocos días de finalizar el plazo para la presentación de la declaración de bienes y derechos en el extranjero, siguen llegando multitud de consultas a la DGT.
La DGT ha vuelto a pronunciarse sobre distintas cuestiones en relación con la obligación de información sobre bienes y derechos situados en el extranjero.
Se aprueba el modelo 720 «Declaración informativa de bienes y derechos situados en el extranjero» que refunde las tres nuevas obligaciones de información ligadas al ámbito internacional referentes a cuentas, valores, derechos, seguros, rentas, bienes inmuebles o derechos sobre bienes inmuebles situados en el extranjero. Se aplica por primera vez para la presentación correspondiente al ejercicio 2012 (a presentar entre el 1 de febrero y el 30 de abril de 2013) y se ha de realizar obligatoriamente por vía telemática a través de Internet en la Sede electrónica de la AEAT, donde los obligados tributarios tienen a su disposición un programa de ayuda para su cumplimentación.
El origen de las actuaciones de obtención de información puede encontrarse en peticiones de asistencia formuladas por otros Estados o entidades internacionales o supranacionales.
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