Ha sido aprobada la Orden Ministerial que desarrolla para el año 2013 el método de estimación objetiva del IRPF y el régimen especial simplificado del IVA.
Con fecha 15-11-2012 se ha publicado en el BOE y ha entrado en vigor la Ley de reestructuración y resolución de entidades de crédito, que procede de la tramitación parlamentaria del RDL 24/2012, y que ésta reproduce con algunas novedades.
El Acuerdo de la Mesa General de Negociación reforma totalmente en el ámbito de la AGE los ámbitos de negociación, participación y representación sindical .
Racionalización y reestructuración de los comités de seguridad y salud, haciéndolos coincidir con el ámbito de los órganos de representación unitarios y reconocimiento del crédito horario de los delegados de prevención.
Se regula la calidad acústica en relación con las infraestructuras que son competencia de la Comunidad Autónoma del País Vasco, dando marco jurídico a las competencias propias autonómicas en relación con la contaminación acústica.
Con efectos a partir del 3-10-2012 se ha modificado la Circ BE 4/2004 a entidades de crédito, sobre normas de información financiera pública y reservada y modelos de estados financieros, con el fin de adaptarla a la nueva normativa sobre saneamiento y venta de los activos inmobiliarios del sector financiero (RDL 18/2012).
El 1-11-2012 entra en vigor el nuevo Reglamento del Tribunal de Justicia en sustitución del anteriormente vigente aprobado en 1991 pero que había sufrido diferentes modificaciones (la última recogida en el DOUE L 162, 22-6-2011). En este nuevo Reglamento ocupa un lugar preponderante la regulación de las cuestiones prejudiciales planteadas por los Tribunales de los distintos Estados miembros, pues son estos asuntos de los que mayoritariamente se ocupa el Tribunal de Justicia. También se ha hecho un esfuerzo en identificar las normas de procedimiento comunes a todos los asuntos que se celebren ante el Tribunal de Justicia que se recogen en el Título I, encontrándose en la regulación de cada procedimiento únicamente las excepciones o matizaciones a las anteriores. Con carácter general el Reglamento supone una simplificación de las disposiciones del Reglamento precedente.