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Nuevo Reglamento de procedimiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea

El Reglamento sigue la siguiente estructura:
Disposiciones preliminares, entre las que destaca la disposición relativa al alcance del propio Reglamento, dónde se señala que su articulado aplicará y completará, en la medida en que sea necesario, las disposiciones pertinentes del Tratado UE, del Tratado FUE y del Tratado CEEA, así como lo dispuesto en el Estatuto del Tribunal de Justicia (RPTJ art.2).
El Título I versa sobre organización del Tribunal de Justicia dentro del cuál destacan los siguientes capítulos dónde se encuentra información sobre:
1) Jueces y Abogados Generales (RPTJ Capítulo I, art.3 a 7).
2) Atribución de los asuntos a los Jueces ponentes y a los Abogados Generales (RPTJ Capítulo III, art.15 a 16).
3) Del funcionamiento del Tribunal: lugar de sesiones, calendario de trabajo, o la redacción de actas (RPTJ Capítulo VI, art.23 a 26).
5) El régimen lingüístico del Tribunal: lenguas de procedimiento y su determinación, servicio lingüístico del tribunal etc. (RPTJ Capítulo VIII, art.36 a 42).
El Título II versa sobre disposiciones de procedimientos comunes y destacan los siguientes capítulos dónde se encuentra información sobre:
1) Las notificaciones (RPTJ Capítulo II, art.48).
2) Los plazos (RPTJ Capítulo III, art.49 a 52).
3) Los distintos modos de tramitar los asuntos (RPTJ Capítulo IV, art.53 a 56).
4) De la fase escrita del procedimiento: de la presentación de escritos procesales y su longitud (RPTJ Capítulo V, art.57 y 58).
5) De las diligencias de ordenación y práctica de la prueba (RPTJ Capítulo VII, art.63 a 75).
6) De la fase oral del procedimiento (RPTJ Capítulo VIII, art.76 a 85).
7) Sobre las sentencias y autos, así como su obligatoriedad (RPTJ Capítulo IX, art.86 a 92).
El Título III se consagra a las cuestiones prejudiciales materia que por su importancia cuantitativa ha sido mucho más desarrollada en el presente Reglamento, destacando el tratamiento de las siguientes cuestiones:
1) Ambito de aplicación (RPTJ art.93).
2) Contenido de la cuestión prejudicial (RPTJ art.94).
3) Participación en el procedimiento prejudicial y partes del litigio principal (RPTJ art. 96, 97).
4) Costas del procedimiento prejudicial (RPTJ art.102).
5) Distintos procedimientos específicos para su tramitación: el acelerado (RPTJ art.105 y 106). o el de urgencia (RPTJ art.107 a 114).
6) Asistencia jurídica gratuita (RPTJ art.115 a 118).
El Título IV se refiere a los recursos directos RPTJ art.119 a 166).
El Título V de los recursos de casación contra las resoluciones del Tribunal General RPTJ art.167 a 190).
El Título VI se refiere al reexámen de las resoluciones del Tribunal General (RPTJ art.191 a 195).
El Título VII regula los dictámenes que puede dictar el Tribunal de Justicia (RPTJ art.196 a 200).
El Título IX regula los procedimientos especiales (RPTJ art.201 a 206).
Finalmente se recogen en las denominadas disposiciones finales, entre otras cuestiones la derogación del Reglamento anterior y la entrada en vigor del presente (RPTJ art.209 y 210).

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