Con efectos desde el 26-6-2015, se ha modificado la LCI destacando, entre otras, las modificaciones en relación al concepto de suelo de naturaleza urbana, los procedimientos de incorporación de los inmuebles al Catastro Inmobiliario y los procedimientos de valoración catastral.
Entre las modificaciones introducidas destaca la determinación de la competencia para exigir la retención del gravamen especial sobre premios de loterías y la modificación de la regla sobre normativa aplicable a los grupos fiscales.
Tributa en su totalidad la indemnización percibida por unas plazas de garaje que no pueden utilizarse para el uso que les es propio, porque la citada indemnización no tiene por objeto sufragar el coste de su reparación, sino indemnizar a los propietarios por el perjuicio económico que supone la pérdida de su valor por inutilidad parcial.
La presente consulta analiza diversas cuestiones sobre la tributación en el IRPF de un trabajo realizado por cuenta ajena por un trabajador residente para una empresa en el extranjero, mediante teletrabajo.
No puede aplicarse el índice corrector por empresa de pequeña dimensión cuando se contrate a cuatro trabajadores a tiempo parcial aunque coincidan en el mismo turno dos ellos, es decir, en la actividad simultáneamente no coinciden más de dos personas asalariadas, porque la actividad tendría contratadas a más de dos personas asalariadas.
Se revisa el ámbito de aplicación del método de estimación objetiva, reduciendo algunos límites cuantitativos y así como las actividades que pueden acogerse al mismo, limitándolas a aquellas que por su naturaleza se relacionen fundamentalmente con consumidores finales.
Se ha modificado la LIRPF, afectando, entre otras, a las siguientes cuestiones: tratamiento de la distribución de la prima de emisión de valores no admitidos a negociación en mercados regulados, reducción aplicable a los rendimientos con un período de generación superior a dos años o notoriamente irregulares, porcentajes de retención o ingreso a cuenta, PIAS, rendimientos de seguros cuyo beneficiario es el acreedor hipotecario y compensaciones fiscales.
Desde el 1-1-2015, las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones se integran en la base imponible del ahorro con independencia de su período de generación.