Obligaciones de facturación
Se introducen ciertas modificaciones respecto a las excepciones a la obligación de expedir facturas y al contenido de las facturas completas.
Se introducen ciertas modificaciones respecto a las excepciones a la obligación de expedir facturas y al contenido de las facturas completas.
Se introducen ciertas modificaciones respecto a las excepciones a la obligación de expedir facturas y al contenido de las facturas completas.
Se incorporan las condiciones para poder optar al régimen especial de los servicios prestados por vía electrónica, así como el ejercicio de la renuncia o la exclusión y sus efectos.
Entre otras novedades, se revisa la reducción general por obtención de rendimientos del trabajo y se modifican los porcentajes de retención.
Se modifica el régimen especial de servicios prestados por vía electrónica a personas que no tengan la condición de empresario o profesional, ampliando este régimen a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión. Este régimen se complementa con la instauración de uno nuevo, destinado a los empresarios que presten este tipo de servicios y que estén instalados en la UE, pero no el país donde se consume.
Se modifica el régimen especial de servicios prestados por vía electrónica a personas que no tengan la condición de empresario o profesional, ampliando este régimen a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión. Este régimen se complementa con la instauración de uno nuevo, destinado a los empresarios que presten este tipo de servicios y que estén instalados en la UE, pero no el país donde se consume.
Se modifica el régimen especial de servicios prestados por vía electrónica a personas que no tengan la condición de empresario o profesional, ampliando este régimen a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión.
La ejecución obra consistente en una instalación contra incendios en un inmueble constituye una mejora sobre la que se deberá practicar la regularización de bienes de inversión prevista en la LIVA.
Con efectos 1-10-14 se ha aprobado el modelo 034 de declaración de inicio, modificación o cese de operaciones comprendidas en los regímenes especiales aplicables a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y a los prestados por vía electrónica en el IVA.
La condición más beneficiosa puede reconocerse por un acuerdo de voluntades expreso o tácito. Este último supuesto concurre en el caso de unos trabajadores a los que una Administración pública les mantiene, excepcionalmente, durante más de 5 años un salario en especie consistente en una comida gratuita en el centro de trabajo.
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