La Rioja. Deducciones en el IRPF para 2014
Se aprueban las deducciones autonómicas del IRPF vigentes en La Rioja desde el 1-1-2014.
Se aprueban las deducciones autonómicas del IRPF vigentes en La Rioja desde el 1-1-2014.
Se aprueban las deducciones autonómicas del IRPF vigentes en La Rioja desde el 1-1-2014.
Con efectos desde el 1-1-2014 se introduce una nueva deducción por obras de mejora en la vivienda habitual y se incrementan los límites de renta para la aplicación de ciertas deducciones.
Se aprueban las deducciones autonómicas del IRPF vigentes en La Rioja desde el 1-1-2014.
Se aprueba el modelo 270 de resumen anual de las retenciones e ingresos a cuenta a presentar por los organismos pagadores de los premios sometidos al gravamen especial.
Se aprueban las deducciones autonómicas vigentes desde el 30-11-2013 en Castilla-La Mancha, destacando la aprobación de nuevas deducciones relativas a gastos en la adquisición de libros de texto y enseñanza de idiomas, acogimiento familiar no remunerado de menores, acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o discapacitados, arrendamiento de vivienda habitual de menores de 36 años e inversión en la adquisición de participaciones sociales en sociedades cooperativas agrarias cuya actividad principal sea agroalimentaria.
Se aprueban las deducciones autonómicas vigentes desde el 30-11-2013 en Castilla-La Mancha, destacando la aprobación de nuevas deducciones relativas a gastos en la adquisición de libros de texto y enseñanza de idiomas, acogimiento familiar no remunerado de menores, acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o discapacitados, arrendamiento de vivienda habitual de menores de 36 años e inversión en la adquisición de participaciones sociales en sociedades cooperativas agrarias cuya actividad principal sea agroalimentaria.
Se aprueban las deducciones autonómicas vigentes desde el 30-11-2013 en Castilla-La Mancha, destacando la aprobación de nuevas deducciones relativas a gastos en la adquisición de libros de texto y enseñanza de idiomas, acogimiento familiar no remunerado de menores, acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o discapacitados, arrendamiento de vivienda habitual de menores de 36 años e inversión en la adquisición de participaciones sociales en sociedades cooperativas agrarias cuya actividad principal sea agroalimentaria.
Para aquellos premios que hayan sido distribuidos en forma de participaciones y quien proceda al reparto del mismo figure como beneficiario único, o como gestor de cobro, por haberlo manifestado así en el momento del cobro del premio, este deberá estar en condiciones de acreditar ante la Administración tributaria que el premio ha sido repartido a los titulares de participaciones.
La autorización concedida a una empresa para que produzca energía eléctrica ha de entenderse como gestión de un servicio público de titularidad estatal, lo cual denota un carácter concesional a efectos de liquidación del ITP y AJD.
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