Tributación en el Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas de los trabajadores acogidos al régimen especial de impatriados (RF 18/23 02 de Mayo de 2023 al 08 de Mayo de 2023)

Los sujetos pasivos del Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas que estén debidamente acogidos al régimen fiscal especial aplicable a los trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español, y que, por tanto, tributen por el IRNR, quedan sujetos al Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas por obligación real durante todo el plazo en el que estén acogidos al IRNR.