Registro público concursal
Se crea la sección cuarta de administradores concursales y auxiliares delegados.
Se crea la sección cuarta de administradores concursales y auxiliares delegados.
Novedades en las directrices de ordenación de ámbito subregional y en los planes y proyectos regionales
Modificaciones relativas al convenio concursal.
Desde el 7-9-2014 entra en vigor una nueva reforma concursal que introduce importantes novedades, principalmente, en sede de convenio y liquidación, a fin de facilitar la continuación de la actividad empresarial. Entre las medidas adoptadas destacan los cambios en materia de contenido del convenio, mayorías para su adopción e, incluso, la posibilidad de que los acreedores con privilegio especial se vean arrastrados al cumplimiento del convenio cuando una mayoría superior al 50% de los acreedores haya votado a favor del mismo. Además se adoptan medidas que permitan flexibilizar las transmisiones de unidades productivas completas del deudor concursado.
Cambios en la movilización de derechos entre los diferentes planes de previsión. .
Desde el 3-8-2014 el Reglamento de planes y fondos de pensiones establece que ha de ser estatutaria la negociación colectiva supraempresarial que permite la agrupación de varios planes en una representación conjunta en la comisión de control del fondo. Asimismo, se amplía el contenido mínimo y las obligaciones de difusión y actualización de la declaración comprensiva de los principios de política de inversión que realiza la comisión de control del fondo. Existen obligaciones específicas respecto del contenido de tal declaración cuando esté referida a fondos de pensiones de empleo, debiéndose mencionar si en las decisiones de inversión se tuvieron en cuenta los denominados riesgos extrafinancieros. También se establece la necesidad de que el informe anula de gestión de tales fondos recojan la política ejercida en relación con los criterios de inversión socialmente responsable.
Desde el 3-8-2014 el Reglamento de planes y fondos de pensiones incrementa sustancialmente las obligaciones de información a los participes y establece obligaciones respecto de su presentación, redacción y difusión
Nueva regulación de la hipoteca naval por la Ley de navegación marítima.
Como no existe ningún precepto que defina conceptos como control de gestión usual o pista de auditoría fiable, la DGT se remite a las Notas Explicativas de las normas de facturación relativas al IVA analizadas por la Comisión Europea para aclarar el sentido de los mismos. Además, confirma la vigencia del procedimiento de digitalización certificada de facturas.
En el caso de una persona jurídica, se considera acreditada la aptitud o el conocimiento para ser representante aduanero cuando su representante legal o su representante voluntario ante la Aduana tengan tal condición.
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