Bizkaia: modelo 289 de declaración informativa anual de cuentas financieras, en el ámbito de asistencia mutua
Se aprueba el modelo 289 de declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua
Se aprueba el modelo 289 de declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua
Se establece la obligación de identificar la residencia fiscal de las personas que ostenten la titularidad o el control de determinadas cuentas financieras y de suministro de información sobre ellas en el ámbito de asistencia mutua
Se establece la obligación de identificar la residencia fiscal de las personas que ostenten la titularidad o el control de determinadas cuentas financieras y de suministro de información sobre ellas en el ámbito de la asistencia mutua
Se añade una excepción a la prohibición de cesión de datos con transcendencia tributaria, y la obligación de información para las instituciones financieras en el ámbito de la asistencia mutua
Se añade una excepción a la prohibición de cesión de datos con trascendencia tributaria, y la obligación de información para las instituciones financieras en el ámbito de la asistencia mutua
Se añade una excepción a la prohibición de cesión de datos con trascendencia tributaria, y la obligación de información para las instituciones financieras en el ámbito de la asistencia mutua
Las obligaciones de información respecto de determinadas rentas obtenidas por personas físicas residentes en otros Estados de la Unión Europea a que se refiere el RGGI art.45 a 49 deberán cumplirse, en todo caso, en relación con la información a suministrar correspondiente al año 2015. Con efectos desde el 1-1-2016, se regulan por lo dispuesto en el RD 1021/2015.
Con efectos desde el 1-1-2016, se regulan las obligaciones de las instituciones financieras de identificar la residencia fiscal de las personas que ostenten la titularidad o el control de determinadas cuentas financieras y de informar acerca de las mismas en el ámbito de la asistencia mutua.
La Ley de modificación parcial de la LGT que, con carácter general, entra en vigor el 12-10-2015 introduce una serie de cambios en la regulación de esta materia. En algunos casos se trata de modificaciones exclusivamente técnicas en cuestiones ya […]
Con efectos a partir del 1-8-2015 se modifica el RIRPF, destacando las siguientes novedades: 1) Rendimientos del trabajo:– junto a la prestación de servicios de educación preescolar, infantil, primaria, secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional y enseñanza universitaria por centros educativos […]
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