Nueva exención en el IMT para los vehículos matriculados en otro Estado miembro de la UE

Con efectos desde el 1-1-2013 se introduce una nueva exención para los vehículos matriculados en otro Estado miembro de la UE, puestos a disposición de una persona física residente en España por personas o entidades establecidas en otro Estado miembro.

Nueva actualización de balances en Bizkaia

A partir del 28-12-2012, los sujetos pasivos del IS, los contribuyentes del IRPF que realicen actividades económicas y los contribuyentes del IRNR con establecimiento permanente en territorio español pueden optar por realizar una actualización de balancescon una reducida carga fiscal.

Complemento a mínimos: cumplimiento de la exigencia de residencia en el territorio español

Solamente se exigirá el certificado de empadronamiento como documento probatorio de del domicilio o residencia cuando el interesado no preste su consentimiento para que sus datos puedan ser consultados a través del Sistema de Verificación de datos de residencia. Con carácter general, se entiende que el beneficiario de la pensión tiene su residencia habitual en territorio español siempre que sus estancias en el extranjero sean iguales o inferiores a 90 días a lo largo de cada año natural, o estén motivadas por causas de enfermedad del beneficiario, debidamente justificadas mediante el correspondiente certificado médico.

Declaración tributaria especial

Se establece la no deducibilidad fiscal de las pérdidas por deterioro y correcciones de valor de los bienes y derechos objeto de regularización, así como las pérdidas derivadas de su transmisión entre entidades vinculadas.

Se aprueba una nueva actualización de balances con reducida carga fiscal

A partir del 28-12-2012, los sujetos pasivos del IS, los contribuyentes del IRPF que realicen actividades económicas y los contribuyentes del IRNR con establecimiento permanente en territorio español pueden optar por realizar una actualización monetaria de sus valores contables, con una reducida carga fiscal.

Modificaciones en los Anexos de los Reglamentos de la UE en materia de coordinación de la Seguridad Social

El 9-1-2013 entran en vigor algunas modificaciones de los Anexos VI, VIII y IX del Reglamento de base (Rgto CE/883/2004 Anexo VI, VIII y IX -modif Rgto UE/1224/2012 art.1)- y en los Anexos I, II y V del de desarrollo (Rgto CE/987/2009 Anexo I, II y V-modif Rgto UE/1224/2012 art.2). De todos los cambios sólo se refiere a España la supresión de la rúbrica España-Portugal contenida en el Anexo I del Reglamento de desarrollo en relación a “Disposiciones de aplicación de convenios bilaterales mantenidos en vigor y nuevas disposiciones de aplicación de convenios bilaterales” (Rgto CE/987/2009 Anexo 1, 2 y 5-modif Rgto UE/1224/2012 art.2.a).

Nuevas tablas de comisiones aplicables en las aduanas a las devoluciones del IVA en régimen de viajeros.

Han sido aprobadas, con efectos desde el 15-12-2012, las nuevas tablas de comisiones a aplicar por las entidades colaboradoras situadas en las aduanas en sus devoluciones del IVA en régimen de viajeros.

Exención aplicable en el IVA y en el ITP y AJD de Bizkaia en las transmisiones de valores

Se establece en un único instrumento normativo el tratamiento aplicable a las transmisiones de valores, admitidos o no a negociación en un mercado secundario oficial, en el IVA o por el ITP y AJD, declarando, con carácter general, la exención de gravamen en ambos impuestos y excepcionando de la misma a aquellos negocios jurídicos que traten de eludir el pago de dichos Impuestos por la transmisión de los inmuebles de las entidades a los que representan los valores transmitidos.