Modificaciones en el IS

Se han adoptado diversas medidas con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2016 y del 1-1-2017 con la finalidad de ensanchar las bases imponibles de las entidades españolas y asegurar un nivel de recaudación adecuado del IS.

IS. Modificaciones para 2016 y 2017

Se han adoptado diversas medidas con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2016 y del 1-1-2017 con la finalidad de ensanchar las bases imponibles de las entidades españolas y asegurar un nivel de recaudación adecuado del IS.

Ajuar doméstico. Valoración

Se aclara cómo debe ser valorado el ajuar doméstico a efectos del ISD, existiendo una presunción que admite prueba en contrario.

Cláusula antiabuso en la Directiva matriz-filial

La interposición de una holding luxemburguesa entre una holding española y su socio último, que traslada su residencia fuera de la UE, se considera que no responde a motivos económicos válidos para poder aplicar la exención en los dividendos que distribuya la filial a su matriz.

Transmisión mortis causa de empresa individual

El TEAC cambia de criterio en relación con la reducción en el ISD aplicable en la transmisión mortis causa de empresa individual en relación con el ejercicio a computar a estos efectos.

Distribución de beneficios por una ETVE a sus socios

Cumpliéndose los requisitos previstos para aplicar exención para evitar la doble imposición sobre dividendos, el hecho de que la entidad no aplique la exención, sino el régimen de imputación previsto en las deducciones para evitar la doble imposición antes citadas, no debe penalizar la aplicación del régimen establecido en la regulación de las ETVE, permitiendo ambos sistemas la aplicación de un mecanismo para la eliminación de la doble imposición de la LIS neutral

Obtención de dividendos en España por parte de un plan de pensiones extranjero

Por la prevalencia del CDI de aplicación sobre la normativa doméstica española, un plan de pensiones extranjero que invierta en España puede acogerse al procedimiento de devolución rápida para hacer efectiva la exclusión de retenciones por los dividendos que perciba en este país.

Beneficios distribuidos por una ETVE a sus socios

Cuando se cumplan los requisitos para aplicar la exención para evitar la doble imposición sobre dividendos (LIS art.21), el hecho de que la entidad no aplique la citada exención, sino el régimen de imputación previsto en las deducciones para evitar la doble imposición jurídica (LIS art.31) o económica internacional (LIS art.32). no debe penalizar la aplicación del régimen previsto en la normativa de las ETVE para los beneficios distribuidos a los socios con cargo a las rentas exentas a que se refiere la LIS art.21 que procedan de entidades no residentes en territorio español .

Cómputo de la remuneración por ejercicio de funciones directivas a efectos de la exención en el IP de participaciones en entidades

Cuando una persona ostenta el 100% de las participaciones en una holding, que participa en dos filiales, la norma por la que para la determinación del porcentaje que representa la remuneración por las funciones directivas ejercidas en cada entidad respecto a la totalidad de los rendimientos del trabajo y por actividades económicas del sujeto pasivo, no se han de incluir los rendimientos por las funciones de dirección en otras entidades, sólo es aplicable respecto de la entidad holding, pero no respecto de las participadas, al no concurrir en estas la titularidad directa de las participaciones exigida por la norma.