Una sucursal de un no residente, establecida en TIVA, adquiere mercancía de su matriz que es introducida en la Comunidad por un puerto situado en los Países Bajos. La mercancía se vincula a un deposito aduanero, ultimándose el régimen cuando […]
Con efectos desde el 26-6-2015, se ha modificado la LCI destacando, entre otras, las modificaciones en relación al concepto de suelo de naturaleza urbana, los procedimientos de incorporación de los inmuebles al Catastro Inmobiliario y los procedimientos de valoración catastral.
Si en un fideicomiso de residuo concurren en la misma persona la condición de heredero ordinario y fideicomisario, procede una única liquidación a efectos del ISD.
El plazo de prescripción de la acción de reclamación de la prestación por lesiones permanentes no invalidantes comienza a computarse, no desde que se constata la existencia de la lesiones, sino desde que las dolencias son valoradas y determinado su origen en enfermedad profesional.
Se ha modificado la LIRPF, afectando, entre otras, a las siguientes cuestiones: tratamiento de la distribución de la prima de emisión de valores no admitidos a negociación en mercados regulados, reducción aplicable a los rendimientos con un período de generación superior a dos años o notoriamente irregulares, porcentajes de retención o ingreso a cuenta, PIAS, rendimientos de seguros cuyo beneficiario es el acreedor hipotecario y compensaciones fiscales.
Desde el 7-8-2014 los EVO (equipos de valoración y orientación) dependientes del IMSERSO han de valorar las situaciones de capacidad o aptitud para la valoración del grado de discapacidad dentro del ámbito de la Administración General del Estado. Con esta medida se da cumplimiento a la Convención Internacional de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad de 13-12-2006 y se facilita la labor del SEPE en la elaboración del itinerario individual y personalizado de empleo; incrementándose en suma la coordinación de ambos organismos (EVO-SEPE). Igualmente se aprueba un Anexo que contiene el modelo de un nuevo informe que recoge las citadas capacidades o aptitudes.
El beneficiario de la pensión de orfandad no tiene derecho al incremento correspondiente a la pensión de viudedad en el supuesto de que el progenitor supérstite, separado del causante en el momento del fallecimiento de éste, no tuviera reconocida pensión compensatoria ni, por consiguiente, pensión de viudedad, ya que dicha situación no se asimilada a orfandad absoluta.
El valor a considerar a efectos de la liquidación del ITP y AJD en los casos de obra nueva y división horizontal se corresponde con el de ejecución material de la obra.
El valor a considerar a efectos de la liquidación del ITP y AJD en los casos de obra nueva y división horizontal se corresponde con el de ejecución material de la obra.
Se aprueban los coeficientes de corrección monetaria aplicables para las transmisiones que tengan lugar en los períodos impositivos iniciados durante el año 2014.