Permisos retribuidos recuperables consecuencia de las medidas adoptadas por el coronavirus (RS 13/20 24 de Marzo de 2020 al 30 de Marzo de 2020)

Las personas trabajadoras que se encuentran de baja por incapacidad temporal durante la vigencia del permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, previsto como medida para contener el avance del COVID-19, están exceptuadas del ámbito de aplicación del mismo ver (nº
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Memento Social 2020).

Aplicación del permiso retribuido recuperable y declaración responsable para desplazamientos (RS 13/20 24 de Marzo de 2020 al 30 de Marzo de 2020)

Se aclaran determinadas cuestiones relacionadas con la aplicación del permiso retribuido recuperable para trabajadores por cuenta ajena que no presten servicios en actividades esenciales y se publica el modelo de declaración responsable que deben facilitar las empresas a aquellos trabajadores que tienen que seguir desplazándose a sus lugares de trabajo.

Permiso retribuido recuperable para trabajadores que no presten servicios esenciales (RS 13/20 24 de Marzo de 2020 al 30 de Marzo de 2020)

Con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19, se establece un permiso retribuido recuperable, de carácter obligatorio, entre el 30 de marzo y el 9 de abril de 2020, ambos inclusive, para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales.

Permiso retribuido recuperable para trabajadores que no presten servicios esenciales (RS 13/20 24 de Marzo de 2020 al 30 de Marzo de 2020)

Este permiso no se aplica a los trabajadores que prestan servicios en servicios ajenos y propios de prevención de riesgos laborales, en cuestiones urgentes, por estar exceptuados de su ámbito de aplicación al prestar servicios en sectores esenciales (ver nº
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Memento Social 2020).

Régimen de actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social durante el Estado de Alarma (RS 13/20 24 de Marzo de 2020 al 30 de Marzo de 2020)

Se establece un régimen sancionador para conductas fraudulentas y la obligación de reintegrar las prestaciones reconocidas indebidamente. Así, como la colaboración entre la entidad gestora de las prestaciones por desempleo y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, al incluirse en los planes de actuación la comprobación de las causas de los Erte por Covid-19

Plazos de prescripción y caducidad durante la prórroga del estado de alarma por coronavirus (RS 13/20 24 de Marzo de 2020 al 30 de Marzo de 2020)

La suspensión de plazos de prescripción y caducidad de cualesquiera acciones y derechos decretada desde el 14-3-2020 se alarga hasta las 00:00 horas del 12-4-2020 como consecuencia de la prórroga del estado de alarma.

Plazos administrativos durante la prórroga del estado de alarma por coronavirus (RS 13/20 24 de Marzo de 2020 al 30 de Marzo de 2020)

La suspensión de términos y la interrupción de plazos administrativos decretado desde el 14-3-2020 se alarga hasta las 00:00 horas del 12-4-2020 como consecuencia de la prórroga del estado de alarma. Asimismo, el cómputo del plazo para interponer recursos en vía administrativa o para instar procedimientos de impugnación, reclamación, conciliación, mediación y arbitraje que los sustituyan de acuerdo con lo previsto en las Leyes, en cualquier procedimiento del que puedan derivarse efectos desfavorables o de gravamen para el interesado, se computará desde el día hábil siguiente a la fecha de finalización de la declaración del estado de alarma, con independencia del tiempo que hubiera transcurrido desde la notificación de la actuación administrativa objeto de recurso o impugnación con anterioridad a la declaración del estado de alarma. Todo ello sin perjuicio de la eficacia y ejecutividad del acto administrativo objeto de recurso o impugnación.

(RS 13/20 24 de Marzo de 2020 al 30 de Marzo de 2020)

Queda prorrogado el estado de alarma (RD 463/2020) hasta las 00:00 horas del 12 de abril de 2020 (RD 476/2020) y, por tanto, se prorroga igualmente hasta tal fecha la suspensión e interrupción de plazos y actuaciones judiciales decretada.

Prorrogada la inaplicación de los tiempos de conducción y descanso en el transporte de mercancías (RS 13/20 24 de Marzo de 2020 al 30 de Marzo de 2020)

Se exceptúa de nuevo el cumplimiento de las normas relativas al tiempo máximo de conducción diario y al período de descanso obligatorio prorrogándose otras dos semanas, entre el 29 de marzo y el 12 de abril de 2020.

Permiso retribuido recuperable para trabajadores que no presten servicios esenciales (RS 13/20 24 de Marzo de 2020 al 30 de Marzo de 2020)

A las personas trabajadoras que puedan seguir desempeñando su actividad con normalidad mediante teletrabajo o cualquiera de las modalidades no presenciales de prestación de servicios no se les aplica este permiso por estar exceptuadas de su ámbito de aplicación (ver nº
4800
Memento Social 2020).