Se establecen dos nuevas bonificaciones aplicables a la modalidad AJD y se recogen de manera expresa a los vehículos mixtos adaptables a efectos de la aplicación de los diferentes tipos de gravamen de la modalidad TPO del impuesto.
La misma deducción que se venía aplicando a la constitución y modificación de préstamos y créditos hipotecarios en las casos de adquisiciones de locales de negocios se extiende a las operaciones de arrendamiento financiero.
Se aprueba la Orden que afecta a la presentación de la autoliquidación del ITP y AJD en relación con la transmisión de bienes muebles para su reventa por empresarios y profesionales.
Con efectos desde el 1-1-2014, se regula el régimen fiscal aplicable a los medios de transporte matriculados en otro Estado miembro, y que sean alquilados a un proveedor de otro Estado miembro por personas o entidades residentes en España, o que sean puestos a disposición de una persona física residente en España por personas o entidades establecidas en otro Estado miembro.
Se establecen para el año 2014 las normas relativas a la financiación de las Entidades Locales: municipios, provincias, cabildos y consejos insulares, así como Comunidades Autónomas uniprovinciales.