Nueva regulación del IP en Araba
Con efectos a partir del 20-3-2013 se ha aprobado una nueva NF del IP en Araba, dado que la anterior NF que regulaba esta materia (NF Araba 19/2011) fué aprobada sólo para los años 2011 y 2012.
Con efectos a partir del 20-3-2013 se ha aprobado una nueva NF del IP en Araba, dado que la anterior NF que regulaba esta materia (NF Araba 19/2011) fué aprobada sólo para los años 2011 y 2012.
Se modifican ambos Reglamentos para introducir los cambios operados en relación a los porcentajes de retención e ingreso a cuenta derivados del gravamen especial impuesto sobre los premios de determinadas loterías y apuestas.
Se ha aprobado la NF Araba 7/2013 que adapta la normativa tributaria en materia de saneamiento y venta de los activos inmobiliarios del sector financiero, y de reestructuración y resolución de entidades de crédito, y que recoge, en los mismos términos, el tratamiento fiscal establecido en su día por el DNUF Araba 13/2012 (publicado en el BOTHA 17-12-2012).
Se modifican determinados plazos de prescripción en Áraba, que pasan de cuatro a cinco años.
Se modifican ambos Reglamentos para introducir los cambios operados en relación a los porcentajes de retención e ingreso a cuenta derivados del gravamen especial impuesto sobre los premios de determinadas loterías y apuestas.
Con efectos a partir del 20-3-2013 se ha aprobado una nueva NF del IP en Araba, dado que la anterior NF que regulaba esta materia (NF Araba 19/2011) fué aprobada sólo para los años 2011 y 2012.
Se ha aprobado la NF Araba 7/2013 que adapta la normativa tributaria en materia de saneamiento y venta de los activos inmobiliarios del sector financiero, y de reestructuración y resolución de entidades de crédito, y que recoge, en los mismos términos, el tratamiento fiscal establecido en su día por el DNUF Araba 13/2012 (publicado en el BOTHA 17-12-2012).
Se modifican determinados plazos de prescripción en Áraba, que pasan de cuatro a cinco años.
El debate, previo a la reforma laboral, sobre la posibilidad de utilizar el despido objetivo con el personal laboral de la Administración se interpreta a la luz de la nueva regulación.
El debate, previo a la reforma laboral, sobre la posibilidad de utilizar el despido objetivo con el personal laboral de la Administración se interpreta a la luz de la nueva regulación.
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