Se modifica el modelo 196 destacando la incorporación de nuevos campos relativos al volumen total de entradas y salidas de fondos de la cuenta financiera y la inclusión de la información relativa a las penalizaciones derivadas del incumplimiento de promociones comerciales en este tipo de cuentas, que suponen rendimientos del capital mobiliario negativos
Se mantienen, con algunas modificaciones, la deducción por inversiones en elementos nuevos del inmovilizado material y de inversiones inmobiliarias, por realización de actividades de I+D o IT, por creación de empleo, por gastos de publicidad derivados de actividades de patrocinio, por inversiones en instalaciones de energías renovables y por inversiones en producciones cinematográficas y series audiovisuales. Además, se incorpora una nueva deducción por participación en proyectos de I+D o IT y dos nuevas deducciones por inversiones en movilidad eléctrica.
Se introducen restricciones en el perímetro de vinculación y en los supuestos de vinculación en el ámbito de la relación de los socios o partícipes con la entidad, que queda fijado en el 25% de la participación. Se permite utilizar métodos y técnicas de valoración generalmente aceptados que respeten el principio de libre competencia, con carácter subsidiario a los métodos previstos en la norma foral para determinar el valor de mercado. Además, se modifican las obligaciones de información y documentación.
Rentas que puedan no beneficiarse de las exenciones y reducciones previstas en el CDI, pueden resultar exentas por aplicación de la normativa interna de no residentes.
Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2017 se modifica la regulación de la exención para evitar la doble imposición de dividendos y plusvalías de participaciones en entidades, consistiendo la mayor novedad en la no integración, con carácter general, de las rentas negativas generadas en la transmisión de las participaciones.
Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2017, se introducen modificaciones para adaptar el régimen de las plusvalías obtenidas por los socios contribuyentes del IS o del IRNR con establecimiento permanente, al nuevo régimen de exención de dividendos y rentas derivadas de la transmisión de valores representativos de los fondos propios de entidades.
Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2017 se modifica la regulación de la exención para evitar la doble imposición de dividendos y plusvalías de participaciones en entidades, consistiendo la mayor novedad en la no integración, con carácter general, de las rentas negativas generadas en la transmisión de las participaciones.
Los contribuyentes que participan en la financiación de proyectos de investigación, desarrollo o innovación tecnológica realizados por otros contribuyentes tienen derecho a aplicar una deducción de la cuota líquida.
Se introducen restricciones en el perímetro de vinculación y en los supuestos de vinculación en el ámbito de la relación de los socios o partícipes con la entidad, que queda fijado en el 25% de la participación. Se permite utilizar métodos y técnicas de valoración generalmente aceptados que respeten el principio de libre competencia, con carácter subsidiario a los métodos previstos en la norma foral para determinar el valor de mercado. Además, se modifican las obligaciones de documentación.