Deducciones autonómicas del IRPF en Extremadura
Desde el 1-1-2014 se aprueban nuevas deducciones para los contribuyentes viudos y por gastos de guardería para hijos menores de cuatro años.
Desde el 1-1-2014 se aprueban nuevas deducciones para los contribuyentes viudos y por gastos de guardería para hijos menores de cuatro años.
Se declaran exentas las ayudas excepcionales por daños personales en casos de fallecimiento y de incapacidad a consecuencia de tormentas de viento y mar.
Se aprueba la posible reducción de los índices de rendimiento neto para las explotaciones y actividades agrarias afectadas por tormentas de viento y mar sufridas en los meses de enero y febrero en la fachada atlántica y la costa cantábrica.
A juicio de la DGT, el requisito del ejercicio efectivo de funciones de dirección en la entidad a que se refiere la LIP art.4.ocho.2 se cumple cuando las repetidas funciones se desempeñen de manera efectiva, con independencia de la denominación del cargo y del vínculo existente con la entidad, si bien esa efectiva intervención en las decisiones de la empresa es una cuestión fáctica que habrá de ser apreciada por la oficina gestora que corresponda.
Han sido aprobadas en Araba las condiciones y el diseño de los soportes directamente legibles por ordenador de los siguientes modelos: 110, 111, 115-A, 303 y 310.
El porcentaje de retención del IS en Araba se eleva con carácter general al 21% hasta el 31-12-2014.
Las sumas recibidas por el trabajador en caso de finalización de los contratos de duración determinada vienen a constituir una reparación por la pérdida del empleo y, por tanto, tienen carácter indemnizatorio. En consecuencia, están exentas en el IRPF.
Los intereses indemnizatorios derivados de la resolución de un contrato no están sujetos a retención o ingreso a cuenta.
El porcentaje de retención del IS en Bizkaia se eleva con carácter general al 21% hasta el 31-12-2014.
Se ha aprobado en Navarra la OF por la que se desarrollan para el año 2014 el régimen de estimación objetiva del IRPF y el régimen simplificado del IVA
Atención al cliente
Si tienes dudas ponte en contacto con nosotros a través de clientes@lefebvreelderecho.com o llamando al 91 210 80 00 o 902 44 33 55.
Por teléfono
Lo más rápido es llamarnos al 91 210 80 00 o 902 44 33 55, te atenderemos de 8:30h a 20:00h de Lunes a Viernes.
Envío gratis
Envío gratuito a partir de 30€ (excepto Canarias, Ceuta y Melilla).
Devoluciones
Hasta dos meses desde que recibes el pedido para devolver la compra si no has quedado satisfecho (excepto Producto Electrónico que son 15 días).