IRPF. Rendimientos de actividades económicas
Se modifican los requisitos para la consideración del arrendamiento de inmuebles como actividad económica.
Se modifican los requisitos para la consideración del arrendamiento de inmuebles como actividad económica.
Modificación del régimen transitorio aplicable a las ganancias patrimoniales derivadas de elementos patrimoniales adquiridos con anterioridad a 31-12-1994
Nueva deducción.
Se amplían los supuestos de opción de tributación por el IRPF a residentes en la Unión Europea, y se amplía esta posibilidad a aquellos que residan en el Espacio Económico Europeo.
Se simplifica el régimen fiscal de trabajadores desplazados a territorio español, excluyendo del mismo a los deportistas profesionales y permitiendo la inclusión de los administradores de sociedades.
Se modifica el régimen de SOCIMI, exceptuando la retención en la distribución de dividendos entre dos entidades acogidas al régimen fiscal especial aplicable a las mismas, cuando ambas sean residentes fiscales en territorio español. También se excepciona de tributación a la transmisión de participaciones en este tipo de entidades por los socios no residentes cuando su participación en la misma sea inferior al 5%.
Se limita la exención de la indemnización por despido o cese del trabajador y se elimina la prevista para dividendos y participaciones en beneficios.
Se regula la tributación para aquellos contribuyentes que pierdan dicha condición por cambio de residencia, conocido como exit tax.
Con la reforma de la LIRPF se han reforzado los requisitos exigidos para la aplicación de este régimen especial, además de haber sometido a tributación algunas ganancias tácitas puestas de manifiesto en determinadas circunstancias.
Se posibilita la regularización voluntaria de las pensiones procedentes del extranjero que no hayan sido declaradas por los contribuyentes del IRPF.
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