Murcia. Régimen sancionador en materia de vivienda
La nueva Ley de vivienda de la región de Murcia regula, entre otras cuestiones, el régimen sancionador en materia de vivienda.
La nueva Ley de vivienda de la región de Murcia regula, entre otras cuestiones, el régimen sancionador en materia de vivienda.
Una vez abierta la fase de liquidación, la TGSS no puede, para satisfacer un crédito contra la masa, embargar bienes o derechos de la deudora concursada incluidos en la masa activa.
Particularidades y novedades, con efecto 16-6-2015, de las funciones de los órganos competentes para el ejercicio de la potestad de protección de la legalidad urbanística. Restauración del orden urbanístico infringido.
La AEAT ha emitido un informe para clarificar distintos aspectos de la exclusión de entidades del grupo por desequilibrio patrimonial, destacando las facultades de la Administración tributaria y la forma en que debe calcularse.
La AEAT ha emitido un informe para clarificar distintos aspectos de la exclusión de entidades del grupo por desequilibrio patrimonial, destacando las facultades de la Administración tributaria y la forma en que debe calcularse.
Se recogen nuevas obligaciones formales relacionadas con la obligación de suministro de información con trascendencia tributaria en lo que afecta a este impuesto.
El respeto del plazo máximo de tres días que debe mediar entre los dos intentos de notificación de un acto es un requisito sustancial para la posterior validez de las notificaciones por comparecencia. Dicho plazo se ha de computar por días lectivos (no naturales ni hábiles), en los que están garantizados los servicios de notificación, de forma que han de excluirse los sábados y domingos.
Una vez abierta la liquidación del concurso, no cabe iniciar ejecuciones separadas por créditos contra la masa de la seguridad social.
Desarrollo, para el año 2015, de las bases y tipos de cotización en el sistema especial para trabajadores por cuenta ajena agrarios establecido en el RGSS.
En la fusión por absorción entre dos empresas alemanas no resulta de aplicación la normativa española en lo que afecta a la tributación por ITP y AJD, aunque la sociedad absorbida cuente con un establecimiento permanente en España.
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