Se prevé la posibilidad de prorrogar durante el tiempo que dure el estado de alarma y sus prórrogas los contratos predoctorales para personal investigador en formación, suscritos fuera de las convocatorias públicas de recursos humanos, mediante acuerdo entre el empleado y la entidad contratante, debiendo ser financiada esta prórroga por la entidad suscriptora del contrato.
Entre otras medidas, se simplifica la tributación en caso de transmisión de determinados vehículos y se prorrogan los beneficios fiscales aplicables en Lorca.
La deducción por inversión en vivienda habitual resulta aplicable a un contrato de adhesión firmado con una cooperativa de viviendas, en virtud del cual el socio asume el compromiso de adquirir la propiedad de la vivienda mediante el ejercicio de la opción de compra, siendo las cantidades abonadas a cuenta del pago de la citada vivienda.
La tesorería e inversiones financieras a corto plazo procedentes de dividendos percibidos por la participación en entidades en un porcentaje superior al 5%, no se consideran elementos afectos.
Se establecen el plazo, importe disponible de los derechos consolidados y supuestos excepcionales para hacer efectivos los planes de pensiones, planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial y mutualidades de previsión social, en base a la situación de crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus.
Aquellos empleados públicos que lo soliciten, previa autorización, podrán colaborar en las áreas más afectadas por el COVID-19, pero seguirán devengando sus retribuciones por el organismo de origen.
A partir del 2-4-2020 los empleados de hogar incluidos en la Seguridad Social pueden percibir un subsidio extraordinario si, a consecuencia del estado de alarma, han cesado en su actividad.
Se aprueba el tipo de interés efectivo anual para el segundo trimestre natural del año 2020 a efectos de calificar tributariamente a determinados activos financieros.
Se establece la posibilidad de solicitar el aplazamiento del ingreso de la deuda aduanera y tributaria correspondiente a las declaraciones aduaneras presentadas desde el 2-4-2020 hasta el 30-5-2020, ambos inclusive, siempre que se cumplan ciertos requisitos.