Desde el 14-5-2017 queda derogado el precepto estatutario que declara como relación laboral especial la que mantienen los estibadores portuarios con las Sociedades Anónimas de Gestión de Estibadores Portuarios (SAGEP), previsión que pierde su sentido con la modificación del marco legal de contratación de trabajadores para la prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías. La contratación laboral de estos trabajadores se realiza a partir de la fecha indicada únicamente en el marco de la relación laboral común.
La aprobación de este real decreto ley supone un nuevo intento de regulación del régimen de los trabajadores para la prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías, que tiene por objeto dar cumplimiento a lo dispuesto en la TJUE 11-12-14, asunto C-576/13, derogándose el actual régimen recogido en la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Concurriendo causa legal de disolución de la sociedad, solo por motivos muy excepcionales los administradores quedan exonerados de responsabilidad cuando no promueven la disolución en los términos previstos en la LSC art.367. En concreto, la presentación de un expediente de regulación de empleo para la extinción de las relaciones laborales de toda la plantilla y la venta de activos de la sociedad son medidas que no exoneran de esta obligación de promover la disolución de la sociedad.
Desde el 26-2-2017 queda derogado el precepto estatutario que declara como relación laboral especial la que mantienen los estibadores portuarios con las Sociedades Anónimas de Gestión de Estibadores Portuarios (SAGEP), previsión que pierde su sentido con la modificación del marco legal de contratación de trabajadores para la prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías. La contratación laboral de estos trabajadores se realiza a partir de la fecha indicada únicamente en el marco de la relación laboral común.
Se establecen medidas para protección de la personas afectadas por desahucios provenientes de ejecuciones hipotecarias. entre otras, la expropiación forzosa del usufructo temporal de determinadas viviendas para la cobertura de necesidad de vivienda de personas en especiales circunstancias de emergencia social y la suspensión temporal de los procedimientos administrativos de desahucio de viviendas de promoción pública.
La externalización de la gestión de la actividad de arrendamiento en el titular de las participaciones de la entidad que se dedica a dicha actividad, o en un despacho de abogados, impide la calificación como económica de la actividad a efectos de la exención en el IP.
Forma de distribuir el tope máximo de cotización de las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales cuando uno de los empleos conlleva la inclusión en el RGSS como asimilado a trabajador por cuenta ajena.
La orden de cotización para 2017 fija las bases y tipos de cotización en este régimen especial, en función de la edad que tenga el trabajador autónomo a 1-1-2017.
Se establecen las reglas especiales para el cálculo de las ganancias y pérdidas patrimoniales en la transmisión de acciones o participaciones de Sociedades Laborales y de otras entidades