Responsabilidad penal de las personas jurídicas

Nueva regulación de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, que concreta el círculo de posibles sujetos activos del delito, incluye una serie de exenciones a la responsabilidad y define los requisitos que deben cumplir los modelos de organización y gestión. Asimismo, se extiende el régimen de responsabilidad penal a las sociedades mercantiles estatales que ejecuten políticas públicas o presten servicios de interés económico general.

Administración desleal y apropiación indebida

Nueva regulación del delito de administración desleal, que se sitúa entre los delitos patrimoniales, desplazándose de los delitos societarios, pues puede ser sujeto pasivo del mismo tanto una persona individual como una sociedad. Asimismo, se delimitar con mayor claridad los tipos penales de administración desleal y apropiación indebida.

Frustración de la ejecución

La reforma penal introduce dos nuevos tipos delictivos que, junto al alzamiento de bienes, configuran los delitos de «Frustración de la ejecución»: la ocultación de bienes en un procedimiento judicial o administrativo de ejecución y la utilización no autorizada por el depositario de bienes embargados por la autoridad pública.

Sistemas de gestión urbanística de iniciativa pública. Murcia

Nueva regulación de los sistemas de gestión de iniciativa pública: cooperación, concurrencia, expropiación y ocupación directa.

Restablecimiento de la realidad alterada. Murcia

Medidas que se pueden adoptar para el restablecimiento de la realidad jurídica alterada.

Incidencia de los coeficientes reductores de edad del Régimen Especial del Mar en el cálculo de la pensión de jubilación

Existe una prohibición legal expresa de que los coeficientes reductores de la edad de jubilación previstos en determinadas actividades laborales -el trabajo en el mar, entre otras- puedan incidir en los incrementos en la cuantía de la pensión de jubilación demorada.

Personas con derecho a deducir en caso de disolución de UTE

La empresa sucesora en los derechos y obligaciones de una extinguida UTE es quien puede efectuar la deducción de las cuotas soportadas, por cuanto la UTE dejó de ser sujeto pasivo y obligado tributario a todos los efectos sin capacidad para cumplimentar obligación formal alguna.

Subsiste la acción resolutoria del trabajador aunque la empresa abone todos los salarios adeudados antes del juicio

Subsiste el interés legítimo del trabajador en que un juez se pronuncie sobre la extinción indemnizada de su relación laboral por impago o retrasos graves en el abono del salario aunque el empresario satisfaga antes del juicio, incluso antes de la conciliación administrativa, la totalidad de los salarios adeudados.