Se adapta la norma foral del impuesto a las modificaciones del Concierto Económico aprobadas por la L 3/2025 y se introducen novedades en relación con el concepto de microempresa, pequeña y mediana empresa, la sociedad patrimonial, la amortización acelerada, el fondo de comercio, la compensación de bases imponibles negativas, la tributación mínima, las deducciones, el régimen especial de AIE españolas, el de consolidación fiscal y el de reorganización empresarial.
Las bases imponibles negativas que hayan sido objeto de liquidación o autoliquidación pueden ser compensadas por las rentas positivas de los períodos impositivos que concluyan en los 30 años sucesivos con el límite del 50% de la base imponible positiva previa a la compensación, o del 70% en microempresas y pequeñas empresas.
Con efectos para los periodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2014 se desarrollan algunos aspectos en relación con la obligación de documentación de las entidades vinculadas.
Se aprueban en Araba y Gipuzkoa los modelos 200 y 220 de declaración del IS y del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en dichos territorios forales para el período impositivo 2014.