Vulnera el derecho de huelga la conducta de una empresa que eleva de 91 a 358 el número de trabajadores afectados por el despido colectivo a raíz de la convocatoria de una huelga indefinida. No obstante, se declara la nulidad de la ampliación del despido colectivo, pero no la de la decisión de despido colectivo parcial anterior. Las impugnaciones de los actos de despido tienen abierta la vía procesal ante los juzgados de los social.
Transposición de la Dir 2010/32/UE a fin de evitar las infecciones, causadas por agentes biológicos, a las que el personal sanitario queda expuesto como consecuencia de heridas causadas por instrumental sanitario cortopunzante.
Novedades en relación con el período de consulta a realizar en el marco de los procedimientos concursales que se encuentren en curso a 4-8-2013 para la tramitación del expediente y adopción de las medidas que se soliciten desde esa fecha y supongan la extinción, suspensión o modificación colectiva de los contratos de trabajo.
A las modificaciones sustanciales colectivas que el empresario inicie a partir del 4-8-2013 se les aplica la nueva normativa atinente a los períodos de consultas especialmente en relación a los sujetos negociadores por el banco social.
La ley amplía el contenido del contrato creado para favorecer la adquisición de una primera experiencia profesional a los menores de 30 años (RDL 4/2013 art.12) como, son la opción de prorrogarlo a su duración máxima -6 meses- si se hubiera celebrado por una duración inferior y la posibilidad de celebrar estos contratos para ser puestos a disposición en el marco de ETT, con las consecuencias derivadas de establecer limites a la contratación para las empresas usuarias que hubieran procedido a determinadas extinciones previamente, y de establecer bonificaciones para la transformación de contratos temporales en indefinidos.
Se modifica la LO 5/1987, de delegación de facultades del Estado en las comunidades autónomas en relación con los transportes por carretera y por cable.
Un comunicado de empresa en el que se afirma que, pueden producirse despidos por secundar una huelga e incidir ella en la posterior conducta de bancos y clientes, comporta una advertencia o amenaza real y seria, dirigida a quienes quieran ejercer el derecho de huelga siguiendo las consignas sindicales, lo que le convierte en un acto empresarial totalmente desproporcionado, tanto con respecto a las actuaciones sindicales en el conflicto como con relación a la compatibilidad del derecho de libertad de expresión con el normal ejercicio de los derechos de libertad sindical y de huelga.
Es competente el Juzgado de lo Social y no la Audiencia Nacional, para conocer de una demanda sobre vulneración del derecho fundamental de huelga cuando el ámbito territorial de ésta no sobrepasa la Comunidad Autónoma, siendo indiferente que los miembros del comité de huelga afectados ostenten una representatividad inicialmente nacional.
La celebración de contratos a tiempo parcial con vinculación formativa con desempleados menores de 30 años durante un máximo de 12 meses prorrogable por otro periodo igual, permite reducir la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes correspondiente al trabajador contratado del 100 % cuando la plantilla sea inferior a 250 personas, o del 75 %, cuando sea igual o superior a esa cifra.