En el caso de cierre judicial de un local arrendado, el impuesto se dejará de devengar sólo en el supuesto de que, de modo formal y expreso, se cancele temporalmente la relación contractual arrendaticia, o se modifique el momento de su exigibilidad.
Se introduce como novedad la información país por país dentro de las obligaciones de información y documentación en las operaciones entre personas o entidades vinculadas
Al no haberse consumido la primera transmisión y existir una opción de compra, no se entiende cumplidos los requisitos para considerar que se ha producido el hecho imponible de autoconsumo.
Se aprueba la Orden Ministerial que regula los modelos de declaraciones para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2015 del IS, del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y de las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el territorio español.
La devolución de las cantidades pagadas de más por aplicación de la cláusula suelo no constituye renta sujeta al IRPF, pero sí obliga a regularizar la situación tributaria si esas cantidades formaron parte de la base de la deducción por inversión en vivienda habitual, puesto que se pierde el derecho a practicar la deducción sobre las mismas. La regularización se efectúa añadiendo las cantidades indebidamente deducidas por tal motivo a las cuotas líquidas del ejercicio en que procede la devolución, junto con los intereses de demora.
Con efectos 3-6-2016 se incluye dentro del ámbito de la directiva de intercambio automático obligatorio de información en el ámbito de fiscalidad la información país por país de grupos de empresas multinacionales.
La base imponible que grava el arrendamiento de envases reutilizables estará constituida por el importe total de la contraprestación de dicho servicio: cuota de utilización y, en su caso, la fianza en garantía de devolución del envase.
En el caso de inmuebles arrendados que se aportan a una sociedad, para acogerse al régimen de diferimiento establecido en la LIS, los inmuebles a aportar deberán estar afectos a una actividad económica de arrendamiento durante al menos tres años antes de su aportación a la sociedad.
En la modificación de base imponible por créditos incobrables, no se entiende cumplido el requisito de instar el cobro mediante reclamación judicial si el contribuyente ha acudido a la mediación.