Con efectos a partir del 5-12-2018, se modifican las deducciones autonómicas por inversión en vivienda habitual y por alquiler de vivienda habitual y se crean tres nuevas deducciones: por arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago; por arrendamientos a precios con sostenibilidad social; y por gastos en primas de seguros de crédito para cubrir impagos de rentas de arrendamientos de vivienda.
Se aplica el tipo 0% previsto hasta ahora para las viviendas de protección oficial de régimen especial o de promoción pública a las viviendas de protección oficial de régimen general y a las viviendas adquiridas por las entidades que apliquen el régimen especial entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas. Para las operaciones relacionadas con el resto de viviendas, se establece la aplicación del tipo general del IGIC, si bien se aprueban ciertos tipos reducidos para transmisiones de viviendas entregadas directamente por el promotor para vivienda habitual del adquirente.
Desde el 8-12-2018 y exclusivamente para la industria manufacturera, con el cumplimiento de ciertos requisitos, se permite la aplicación de la normativa vigente a 31-12-2012 sobre jubilación parcial acompañada con simultánea celebración de contrato de relevo a pensiones causadas antes del 1-1-2023.
Se modifican las deducciones autonómicas por inversión y por alquiler de vivienda habitual y se crean tres nuevas deducciones: por arrendamiento de vivienda habitual vinculado a determinadas operaciones de dación en pago; por arrendamientos a precios con sostenibilidad social; y por gastos en primas de seguros de crédito para cubrir impagos de rentas de arrendamientos de vivienda.
Para el cálculo de los ingresos de la unidad familiar, a efectos de lucrar el subsidio por desempleo por cargas familiares, no se han de tomar en consideración los ingresos de la pareja de hecho inscrita como tal en el Registro correspondiente.
El 4-12-2018 entra en vigor el desarrollo reglamentario sobre requisitos, condiciones y procedimiento para la aplicación, de los incrementos del porcentaje de las pensiones de viudedad previsto en la Ley de presupuestos de para 2018. Esta norma, vigente desde el 5-7-2018, preveía un incremento entre 2 y 4 puntos desde dicho momento y además otro incremento, entre 4 y 8 puntos, a partir del 1-1-2019 para los beneficiarios que cumplieran ciertos requisitos. Este Reglamento pretende facilitar la revisión de oficio de las pensiones que ya se estaban percibiendo y establecer las condiciones para el reconocimiento del derecho a dicha mejora de la pensión.
La remoción del cargo del secretario general de la organización sindical por autodisolución de la comisión ejecutiva al dimitir la mayoría de sus miembros no supone una lesión de su derecho de libertad sindical.
El socio que aporta a la sociedad un inmueble en una ampliación de capital puede votar en junta el acuerdo sobre dicha ampliación, al no darse un conflicto de interés por este solo motivo.