Presentación telemática obligatoria
Se establece la presentación telemática obligatoria de ciertas declaraciones y autoliquidaciones, para aquellos obligados tributarios que tengan la forma jurídica de sociedad anónima o limitada.
Se establece la presentación telemática obligatoria de ciertas declaraciones y autoliquidaciones, para aquellos obligados tributarios que tengan la forma jurídica de sociedad anónima o limitada.
Se regula el procedimiento de confección, pago y presentación de las autoliquidaciones, tanto en su modalidad presencial como telemática, del ITP y AJD y del ISD
Se modifica la norma que regula el modelo de declaración del IS para adaptar al contenido del modelo la obligación de aportar documentación e incluir un nuevo supuesto en el que existe esta obligación
Se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración Tributaria de Gipuzkoa.
Se aprueban en Bizkaia los modelos 200 y 220 de autoliquidación del IS y del IRNR con establecimiento permanente y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en ese territorio para 2016
Se aprueban en Gipuzkoa los modelos 200 y 220 de declaración del IS y del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en ese territorio para el período impositivo 2016.
Se aprueban en Araba los modelos 200 y 220 de autoliquidación del IS y del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en Araba para el período impositivo 2016.
Se aprueba la Orden que establece la obligación de la presentación por medios telemáticos de las autoliquidaciones del ITP y AJD e ISD en Cataluña.
Se aprueba la Orden Ministerial que regula los modelos de declaraciones para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2016 del IS, del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y de las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el territorio español.
Con efectos 1-7-2017 se introducen modificaciones en la regulación de los modelos 303 -autoliquidación tributación individual-, 322 y 353 -autoliquidación del REGE- y modelo 390 -resumen anual-, para su adaptación a la normativa de desarrollo del sistema de Suministro Inmediato de Información en el IVA.
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