Adaptación de los modelos de autoliquidación en Aragón (RF 51/21 21 de Diciembre de 2021 al 27 de Diciembre de 2021)

Con efectos desde el 1-1-2022 y, como consecuencia de la nueva forma de determinación de la base imponible del ISD, sustituyéndose principalmente el valor real por el valor (equiparándose al valor de mercado, en líneas generales), por la presente Orden se adapta a este criterio, entre otras, la Orden Galicia 21-1-2021, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación del impuesto, y se regulan las condiciones de presentación y pago, así como determinadas obligaciones formales y de suministro de información en el territorio de esta comunidad autónoma.

Adaptación de los modelos de autoliquidación en Aragón (RF 51/21 21 de Diciembre de 2021 al 27 de Diciembre de 2021)

Con efectos desde el 1-1-2022 y, como consecuencia de la nueva forma de determinación de la base imponible del ITP y AJD, sustituyéndose principalmente el valor real por el valor (equiparándose al valor de mercado, en líneas generales), por la presente Orden se adapta a este criterio, entre otras, la Orden Galicia 9-12-2020, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación del impuesto, y se regulan determinadas obligaciones formales y de suministro de información en el territorio de esta comunidad autónoma.

Adaptación de los modelos de autoliquidación en Aragón (RF 51/21 21 de Diciembre de 2021 al 27 de Diciembre de 2021)

Con efectos desde el 1-1-2022 y, como consecuencia de la nueva forma de determinación de la base imponible del ITP y AJD, sustituyéndose principalmente el valor real por el valor (equiparándose al valor de mercado, en líneas generales), por la presente Orden se adapta a este criterio, entre otras, la Orden Galicia 9-12-2020, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación del impuesto, y se regulan determinadas obligaciones formales y de suministro de información en el territorio de esta comunidad autónoma.

Adaptación de los modelos de autoliquidación en Aragón (RF 51/21 21 de Diciembre de 2021 al 27 de Diciembre de 2021)

Con efectos desde el 1-1-2022 y, como consecuencia de la nueva forma de determinación de la base imponible del ISD, sustituyéndose principalmente el valor real por el valor (equiparándose al valor de mercado, en líneas generales), por la presente Orden se adapta a este criterio, entre otras, la Orden Galicia 21-1-2021, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación del impuesto, y se regulan las condiciones de presentación y pago, así como determinadas obligaciones formales y de suministro de información en el territorio de esta comunidad autónoma.

Presentación en Aragón de autoliquidaciones del ISD y del ITP y AJD y otras declaraciones tributarias

Se regula el procedimiento de confección, pago y presentación de las autoliquidaciones, tanto en su modalidad presencial como telemática, del ITP y AJD y del ISD