Con efectos desde el 1-1-2013, se modifica la regulación del RIRPF respecto a la toma en consideración de la deducción por inversión en vivienda a efectos de la determinación de los pagos a cuenta, con objeto de adecuarlos al régimen transitorio de la deducción.
Respecto de aquellas personas o entidades que tienen obligación mensual de presentar la declaración y realizar el ingreso correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta del IRPF, se elimina, desde el 1-1-2014, el plazo excepcional que existía en relación con la declaración e ingreso correspondiente al mes de julio.
Se modifica la regulación del RIRPF respecto a la toma en consideración de la deducción por inversión en vivienda a efectos de la determinación de los pagos a cuenta, con objeto de adecuarlos al régimen transitorio de la deducción; asimismo, respecto de aquellas personas o entidades que tienen obligación mensual de presentar la declaración y realizar el ingreso correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta del IRPF, se elimina el plazo excepcional que existía en relación con la declaración e ingreso correspondiente al mes de julio.
Se aprueban las deducciones autonómicas vigentes desde el 30-11-2013 en Castilla-La Mancha, destacando la aprobación de nuevas deducciones relativas a gastos en la adquisición de libros de texto y enseñanza de idiomas, acogimiento familiar no remunerado de menores, acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o discapacitados, arrendamiento de vivienda habitual de menores de 36 años e inversión en la adquisición de participaciones sociales en sociedades cooperativas agrarias cuya actividad principal sea agroalimentaria.
Se aprueban las deducciones autonómicas vigentes desde el 30-11-2013 en Castilla-La Mancha, destacando la aprobación de nuevas deducciones relativas a gastos en la adquisición de libros de texto y enseñanza de idiomas, acogimiento familiar no remunerado de menores, acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o discapacitados, arrendamiento de vivienda habitual de menores de 36 años e inversión en la adquisición de participaciones sociales en sociedades cooperativas agrarias cuya actividad principal sea agroalimentaria.
Se aprueban las deducciones autonómicas vigentes desde el 30-11-2013 en Castilla-La Mancha, destacando la aprobación de nuevas deducciones relativas a gastos en la adquisición de libros de texto y enseñanza de idiomas, acogimiento familiar no remunerado de menores, acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o discapacitados, arrendamiento de vivienda habitual de menores de 36 años e inversión en la adquisición de participaciones sociales en sociedades cooperativas agrarias cuya actividad principal sea agroalimentaria.
Desde el 29-9-2013 la cuota líquida estatal es el resultado de disminuir la cuota íntegra estatal en la suma de la deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación y el 50% de las restantes deducciones estatales.
Se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León en materia de tributos cedidos por el Estado, de manera que siguen siendo de aplicación las deducciones autonómicas ya existentes en las mismas cuantías y con los mismos límites y requisitos.
Se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León en materia de tributos cedidos por el Estado, de manera que siguen siendo de aplicación las deducciones autonómicas ya existentes en las mismas cuantías y con los mismos límites y requisitos.
La prima del seguro de hogar sólo puede formar parte de la base de la deducción por inversión en vivienda si entre las condiciones establecidas por el prestamista para la concesión de la financiación figura la contratación de un seguro de tales características. En caso contrario, únicamente tiene la consideración de deducible aquella parte de la prima que se corresponda con la cobertura de los riesgos obligatorios, lo que inevitablemente exige disponer de un certificado por parte de la aseguradora en el que se desglose de forma suficiente qué parte de la misma se corresponde con aquellos riesgos cuyo seguro son exigidos por el prestamista.