Rendimientos del capital mobiliario

Se ha modificado la LIRPF, afectando, entre otras, a las siguientes cuestiones: tratamiento de la distribución de la prima de emisión de valores no admitidos a negociación en mercados regulados, reducción aplicable a los rendimientos con un período de generación superior a dos años o notoriamente irregulares, porcentajes de retención o ingreso a cuenta, PIAS, rendimientos de seguros cuyo beneficiario es el acreedor hipotecario y compensaciones fiscales.

Exenciones en el IRNR

Se suprime la exención de hasta 1.500 euros para los dividendos obtenidos por personas físicas no residentes, y se modifican la exención de las ganancias patrimoniales derivadas de bienes muebles por residentes en la UE, así como las cláusulas antiabuso sobre los beneficios repartidos y cánones pagados por parte de filiales y EP residentes a entidades no residentes.

Determinación de la base imponible de los establecimientos permanentes

Para el cálculo de la base imponible de los establecimientos permanentes, ha de integrarse en ella la diferencia entre el valor de mercado y el valor contable de sus elementos patrimoniales en ciertos supuestos. Por otra parte, se establece el aplazamiento de la deuda tributaria en este caso cumpliendo ciertos requisitos.

Especialidades en el cálculo de la base imponible sin mediación de establecimiento permanente

Se establecen especialidades para el cálculo de las ganancias patrimoniales obtenidas por no residentes por causa de cambio de residencia, así como para el cálculo de la base imponible por parte de residentes en la UE o en el Espacio Económico Europeo.

Ganancias patrimoniales de residentes en la UE o el Espacio Económico Europeo por la transmisión de su vivienda habitual en España

Se establece un supuesto de exención por reinversión en vivienda habitual aplicable a contribuyentes residentes en un Estado miembro de la UE, cumpliendo una serie de requisitos.

Reforma de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido

La L 28/2014 introduce una reforma en profundidad en el sistema de tributación indirecta, con efectos, en general, a partir del 1-1-2015.

Exención fiscal de las becas concedidas por las fundaciones bancarias

Se incluyen, a partir del 1-1-2015, entre las rentas exentas, además de las becas y ayudas ya existentes, las becas concedidas por las fundaciones bancarias (L 26/2013 Título II ) para investigación por parte del personal investigador en formación (RD 63/2006).

La indemnización exenta del IRPF para despidos y ceses producidos desde el 1-8-2014 se limita a 180.000 euros

Desde el 29-11-2014 y para los despidos y ceses producidos desde el 1-8-2014 se establece que sólo estarán exentas de IRPF las indemnizaciones legales que no superen los 180.000 euros. Este límite no opera respecto de ERES aprobados antes del 1-8-2014 o despidos colectivos que hubieran comunicado la apertura del período de consultas a la autoridad laboral antes de dicha fecha.

Disposición de los derechos económicos en los sistemas de previsión social complementaria análogos a los planes de pensiones

Se extienden a los planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial y contratos de seguro concertados con mutualidades de previsión social la posibilidad de disposición anticipada de los derechos económicos previstos para los planes de pensiones.