El retraso en la comunicación a la Administración tributaria de la entidad representante del grupo fiscal, cuando dicho grupo ya estaba constituido y aplicando el régimen de grupos fiscales, no impide la aplicación de dicho régimen, pero constituye una infracción tributaria grave.
En tanto la transmisión de un terreno se realice sin haber satisfecho el transmitente costes de urbanización porque se hace cargo el adquirente de todos los costes, o no se han iniciado efectivamente tales obras de urbanización, no cabe considerar que el terreno se encuentra en curso de urbanización a efectos de la exclusión de la exención prevista para los terrenos no edificables.
Desarrollo reglamentario a las disposiciones legales relativas a las licencias urbanísticas y comunicaciones previas, así como a los actos promovidos por las Administraciones públicas.