Tasas judiciales: implantación de nuevos modelos de autoliquidación (nº 696) y de solicitud de devolución (nº 695)

A todos los hechos imponibles que hayan tenido lugar desde el 1-3-2015 se les aplican los nuevos modelos 696 y 695, de autoliquidación y solicitud de devolución de tasas judiciales en los órdenes social, contencioso administrativo y civil. El objetivo principal es adaptarlos al cambio normativo que, desde la fecha indicada, eliminó el abono de tasas judiciales respecto de las personas físicas, aunque también se introducen ciertas actualizaciones técnicas en relación con la forma, condiciones generales y procedimientos para la presentación electrónica de ambos modelos.

Modelo de autoliquidación de la tasa judicial

Modificación del modelo de autoliquidación de la tasa por ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social, para eliminar toda referencia a las personas físicas, que desde 1-3-2015 están exentas del pago de la tasa.

Afección real en la transmisión a efectos del IBI

En una adjudicación de bienes inmuebles como consecuencia de procedimientos administrativos de apremio, debido, entre otras causas, a la imposibilidad de cobro de deudas tributarias en concepto de IBI, y recayendo las mismas precisamente sobre estos bienes inmuebles, es posible exigir dichas deudas tributarias correspondientes al IBI que subsistan tras la finalización de los citados procedimientos de apremio, en régimen de responsabilidad subsidiaria, a los sucesivos titulares de los derechos sobre los bienes inmuebles en cuestión.

Mecanismos de intervención ambiental. Extremadura

Mecanismos previstos para la protección del medio ambiente y la salud de las personas en Extremadura.

Extremadura. Determinaciones y procedimiento de los instrumentos de planeamiento

Novedades referidas a los estándares de calidad y las reservas de suelo y particularidades en el tramitación del procedimiento de aprobación.

Licencias para establecimientos comerciales. Aragón

Concepto de establecimientos comerciales y grandes establecimientos y sometimiento a licencia urbanística y comercial en los casos precisados legalmente.