Novedades en el régimen tributario de las Autoridades portuarias (RF 28/20 07 de Julio de 2020 al 13 de Julio de 2020)

Se modifica la normativa del IS con el objetivo de adaptarla a la normativa comunitaria, eliminando la exención parcial prevista en el impuesto para las autoridades portuarias y creando otros incentivos.

Medidas en el IS a consecuencia del coronavirus (RF 26/20 23 de Junio de 2020 al 29 de Junio de 2020)

Se regula la presentación del impuesto para las entidades que se hayan acogido a la ampliación de plazos de formulación y aprobación de las cuentas anuales; se amplía, hasta el 30-11-2020, el plazo de presentación de documentos ante la Hacienda Foral de Navarra para las fundaciones que se hayan acogido a la mencionada ampliación de plazos; se crea la deducción para la transformación digital de las empresas; y se aplica sin sujeción al límite del 25% de la cuota líquida, la deducción por inversiones en instalaciones de energías renovables.

Aprobación de los modelos de declaración del IS de 2019 (RF 26/20 23 de Junio de 2020 al 29 de Junio de 2020)

Se aprueba la Orden Ministerial que regula los modelos de declaraciones para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2019 del IS, del IRNR correspondiente a establecimientos permanentes y de las entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en el territorio español.

Deducción por inversión en microempresas, pequeñas o medianas empresas en el IS de Araba a consecuencia del coronavirus (RF 23/20 02 de Junio de 2020 al 08 de Junio de 2020)

Para fomentar el emprendimiento, se crea una deducción aplicable exclusivamente en 2020, por las cantidades invertidas en la suscripción o adquisición de acciones o participaciones en empresas que tengan la consideración de microempresas, pequeñas o medianas empresas.

Deducción por inversión en microempresas, pequeñas y medianas empresas en el IS de Gipuzkoa a consecuencia del coronavirus (RF 22/20 26 de Mayo de 2020 al 01 de Junio de 2020)

Para fomentar el emprendimiento, se crea una deducción aplicable exclusivamente en 2020, por las cantidades invertidas en la suscripción o adquisición de acciones o participaciones en empresas que tengan la consideración de microempresas, pequeñas o medianas empresas. En realidad, se trata de tres deducciones con diferentes intensidades según la tipología de la entidad en la que se invierte. La mayor deducción es aquella que fomenta la inversión en empresas innovadoras de nueva creación.

Deducción extraordinaria por inversión en microempresas, pequeñas o medianas empresas en el IS de Bizkaia (RF 19/20 05 de Mayo de 2020 al 11 de Mayo de 2020)

Para fomentar la actividad de emprendimiento por las personas jurídicas en el ejercicio 2020, se les aplica la deducción por inversión en microempresas, pequeñas o medianas empresas de nueva o reciente creación o innovadoras, ya implantada en el IRPF en 2018.

Medidas en el IS de Gipuzkoa a consecuencia del coronavirus (RF 19/20 05 de Mayo de 2020 al 11 de Mayo de 2020)

Se regulan varias medidas que afectan al IS. La mayoría de ellas consisten en una ampliación de plazos en relación con aquellos recogidos en la normativa vigente, que será de aplicación cuando estos últimos finalicen, en general, en el año 2020.

Modificación de la deducción por inversiones en producciones cinematográficas y series audiovisuales (RF 19/20 05 de Mayo de 2020 al 11 de Mayo de 2020)

Con el fin de favorecer la mayor competitividad del sector cinematográfico y audiovisual español en el entorno nacional e internacional, se incrementan los incentivos fiscales relacionados con la producción cinematográfica.

Modelo de autoliquidación del IRPF en Gipuzkoa (RF 13/20 24 de Marzo de 2020 al 30 de Marzo de 2020)

Se aprueba el modelo 109 de autoliquidación del IRPF para el período impositivo 2019 así como la forma, plazo y lugar de presentación e ingreso.

Gastos de urbanización satisfechos con posterioridad a la adquisición de la vivienda habitual

Las cantidades satisfechas en concepto de gastos de urbanización posteriores a la adquisición de la vivienda tienen la consideración de mejora y no se integran en la base de la deducción por inversión en vivienda habitual.